MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD EDUCACIONAL VALLE LUZ LIMITADA

RUT 76903308-4 CVE 1975473
Capital
$3.110.000 CLP
Fecha instrumento
7 de julio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de julio de 2021
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.110.000 CLP

Administración

Paula Marcelina De Lourdes Lillo Durán y Karla Vanessa Vergara Sánchez, como únicos y actuales socias de la Sociedad vienen en modificar los Artículos Séptimo y Décimo Primero de los estatutos sobre la administración de la Sociedad, los cuales se sustituyen por los siguientes: “Artículo Séptimo: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Paula Marcelina De Lourdes Lillo Durán, como un solo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1.070, segundo piso, comuna y ciudad Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 07 de julio de 2021, ante mí: (1) Luz Eliana Valle Curiqueo, domiciliada en calle María Luisa Bombal N°784, comuna de Maipú, Región Metropolitana; (2) Paula Marcelina De Lourdes Lillo Durán, domiciliada en calle Pasaje Dunkerque Sur N°1209, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; (3) Karla Vanessa Vergara Sánchez, domiciliada en calle Las Azaelas Sur N°20255, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, modificaron en su calidad de únicos, actuales y exclusivos socios la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD EDUCACIONAL VALLE LUZ LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N°76.903.308-4, inscrita a fojas 46.785, N°21.640 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, en el siguiente sentido: /Uno/ CESIÓN DE DERECHO SOCIALES, PRECIO Y DECLARACIÓN: Por este acto, Luz Eliana Valle Curiqueo, vende, cede y transfiere el 17,68% de su participación en el capital y derechos sociales de la Sociedad, a Karla Vanessa Vergara Sánchez quien compra, acepta y adquiere para sí dicha participación en la Sociedad. Precio. El precio de la cesión de derechos sociales efectuada por Luz Eliana Valle Curiqueo a Karla Vanessa Vergara Sánchez, es de $3.800.000.- que se pagaran en 16 cuotas, según se expresa en la escritura. Declaración. Luz Eliana Valle Curiqueo declara recibir el precio íntegramente y a su entera satisfacción. /Dos/ Como consecuencia de la cesión de derechos efectuada por este instrumento se retira de la sociedad Luz Eliana Valle Curiqueo. NUEVA CONFORMACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. En virtud de la cesión de derecho de que da cuenta el presente instrumento, los únicos y actuales socios acuerdan con efecto a contar de esta fecha, sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de suma de $3.110.000.-, el cual ha sido íntegramente enterado por los socios a la caja social, en la proporciones y montos que se indican a continuación: Paula Marcelina De Lourdes Lillo Durán, aporta la cantidad de $1.000.000.-, representativo de un 32,15% por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagado; Karla Vanessa Vergara Sánchez, aporta la cantidad de $2.110.000.-, representativo de un 67.85% de los derechos sociales, íntegramente pagado” En vista de la modificación de las participaciones en el capital de la Sociedad, las socias acuerdan a su vez modificar el Artículo Octavo sobre las utilidades y perdidas, por el siguiente: “Artículo Octavo: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se repartirán en proporción a la participación en los derechos sociales indicados en el Artículo Quinto”. /Tres/ MODIFICACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN. Paula Marcelina De Lourdes Lillo Durán y Karla Vanessa Vergara Sánchez, como únicos y actuales socias de la Sociedad vienen en modificar los Artículos Séptimo y Décimo Primero de los estatutos sobre la administración de la Sociedad, los cuales se sustituyen por los siguientes: “Artículo Séptimo: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a Paula Marcelina De Lourdes Lillo Durán, como un solo socio. El representante ante el SII es Paula Marcelina De Lourdes Lillo Durán”. Y se sustituye el Artículo Décimo primero por el siguiente: “Artículo Décimo Primero: La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a doña Paula Marcelina De Lourdes Lillo Durán, quien, anteponiendo la razón social a su firma, representará a la Sociedad con las más amplias facultades”. En todo lo no modificado sigue vigente el pacto social, especialmente la responsabilidad de los socios, la que se mantiene limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Álvaro González Salinas, Notario Público. Santiago, 07 de Julio de 2021.