SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL SANTA ISABEL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de julio de 2021
- Repertorio
- 33-2021
- Notario
- JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
- Domicilio
- Temuco
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $50.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Temuco, Arturo Prat 770, certifica: Por escritura de fecha 05 de julio de 2021, ante mi, RICARDO AMERICO PEREZ GONZALEZ, chileno, soltero, empleado, Antonio varas 854 oficina 804 Temuco, actuando en nombre y representación de doña doña EMA JIMENA FRIZ GARRIDO, chilena, viuda, agricultor, cédula de identidad 6.107.468-6, domiciliada en Fundo Santa Isabel, sector Mune de la comuna de Pitrufquén y de paso en ésta, y de don NESTOR PATRICIO LAGOS FRIZ, casado y separado de bienes, médico, Cedula de Identidad número 10.768.510-3, domiciliado en Fundo Santa Isabel, sector Mune de la comuna de Pitrufquén, este último representado por la primera, conforme a escritura pública de delegación de facultades de fecha 08 enero 2021, repertorio 33-2021, otorgada ante el notario Susana Pasten Figueroa, suplente del titular don Elías Jarufe Rojas de la Cuadragésima Séptima Notaria de Santiago, con oficio en Avenida Pedro de Valdivia 3317, Comuna de Ñuñoa, lo anterior conforme a mandato especial que consta en clausula Decima Octava de la escritura de disolución y liquidación de la “SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL SANTA ISABEL LIMITADA” de fecha 14 enero 2021, Repertorio número 183, otorgada ante el notario de Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo, por la cual doña Ema Jimena Friz Garrido, por si y en nombre y representación de don Néstor Patricio Lagos Friz, y de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula Décimo Segunda de la escritura de constitución y según lo dispuesto en la normativa legal vigente en lo que sea aplicable, en su carácter de únicos socios de la “Sociedad Agrícola Ganadera y Forestal Santa Isabel Limitada”, acordaron, en forma unánime, la disolución anticipada de la misma. Siendo su capital la suma de $50.000.000.- ESCRITURA DE SANEAMIENTO. Por este acto el compareciente, viene en sanear la escritura pública de modificación de la “SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL SANTA ISABEL LIMITADA” otorgada ante el notario de Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo con fecha 14 enero 2021, Repertorio 183, en razón de que por un error involuntario, el extracto de disolución y liquidación de la mencionada sociedad, no se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, dentro del plazo de 60 días.- El compareciente declara que saneará la escritura pública de modificación de la “SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL SANTA ISABEL LIMITADA”, ya individualizada, y procederá a publicar un extracto del presente instrumento en el Diario Oficial y a inscribirlo en el Registro de Comercio competente, todo ello conforme a la presente escritura de saneamiento que se otorga. Lo anterior, de conformidad a lo que se preceptúa en Ley 19.499 de11 abril 1997 sobre saneamiento de sociedades. Para todos los efectos legales, la presente escritura se tendrá como parte integrante de la escritura pública de disolución y liquidación de la SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL SANTA ISABEL LIMITADA”, de fecha 14 enero 2021, Repertorio 183, otorgada ante el notario de Temuco don Rodrigo Sanhueza Ríos, suplente del titular don Juan Antonio Loyola Opazo. Las cláusulas de la escritura de modificación de la “SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL SANTA ISABEL LIMITADA”, no sufren alteración alguna, manteniendo su actual redacción Demás estipulaciones, en escritura extractada. Temuco, 05 de julio 2021.