CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

MANUEL TOMÁS MESA LATORRE VITIVINÍCOLA E.I.R.L.

CVE 1975226
Capital
$104.204.977 CLP
Fecha instrumento
17 de junio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
17 de junio de 2021
Notario
PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO
Oficio
9 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$104.204.977 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
3 años, renovables tácita y sucesivamente períodos iguales, salvo que titular manifestare voluntad ponerle término mediante escritura pública anotada margen inscripción de la empresa al menos con 60 días anticipación vencimiento del período respectivo

Objeto social

será 1) El ejercicio y desarrollo de toda actividad agrícola y vitivinícola; 2) El cultivo en todas sus formas de todos los productos agrícolas, en especial los que digan relación con la actividad vitivinícola; 3) La elaboración, producción, compra, venta, permuta, importación, exportación y distribución en todas sus formas de uvas, vinos, alcoholes y cualquier otro producto derivados de y necesarios para el desarrollo de las actividades anteriores y demás ramas relacionadas con el comercio y producción de vinos, alcoholes y sus derivados; 4) La construcción, compra y adquisición, en todo o en parte, y arriendo de bodegas, almacenes, destilerías y demás bienes muebles e inmuebles necesarios en la viticultura, vinicultura y fabricación de licores y derivados en general; 5).- Las actividades integrantes del objeto social, podrán ser desarrolladas por la Empresa, por cuenta propia o ajena, total o parcialmente, de modo directo o indirecto, pudiendo asumir la representación de empresas o sociedades nacionales y)o extranjeras de cualquier naturaleza; 6) La realización de cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que determine la propietaria y que sean necesarias o relacionadas con el objeto social; 7) Asimismo para el cumplimiento de su objeto la Empresa podrá asociarse con terceros y)o asumir su representación, sean ellos personas Naturales o Jurídicas, Nacionales, Extranjeras o Mixtas

Administración

La administración y uso de razón social corresponderá al titular MANUEL TOMÁS MESA LATORRE, quien anteponiendo razón social a su firma, representará a la empresa con facultades señaladas en la escritura de constitución

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO, Abogado, Notario Público, Titular de la 9 Notaría de Santiago, con oficio en Calle Teatinos 333 e/p CERTIFICA: Por escritura de fecha 17 de Junio de 2021, otorgada ante mí, el compareciente, don MANUEL TOMÁS MESA LATORRE, chileno, casado y separado de bienes, medico, de 68 años de edad, domiciliado calle Los Cactus 1580-J, Comuna Lo Barnechea, ciudad Santiago, Región Metropolitana, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada. NOMBRE: “MANUEL TOMÁS MESA LATORRE VITIVINÍCOLA E.I.R.L”, pudiendo actuar todos efectos legales, inclusive en lo judicial, administrativo, comercial, con Bancos e instituciones financieras, con nombre fantasía “TERRITORIOS E.I.R.L.”. OBJETO: será 1) El ejercicio y desarrollo de toda actividad agrícola y vitivinícola; 2) El cultivo en todas sus formas de todos los productos agrícolas, en especial los que digan relación con la actividad vitivinícola; 3) La elaboración, producción, compra, venta, permuta, importación, exportación y distribución en todas sus formas de uvas, vinos, alcoholes y cualquier otro producto derivados de y necesarios para el desarrollo de las actividades anteriores y demás ramas relacionadas con el comercio y producción de vinos, alcoholes y sus derivados; 4) La construcción, compra y adquisición, en todo o en parte, y arriendo de bodegas, almacenes, destilerías y demás bienes muebles e inmuebles necesarios en la viticultura, vinicultura y fabricación de licores y derivados en general; 5).- Las actividades integrantes del objeto social, podrán ser desarrolladas por la Empresa, por cuenta propia o ajena, total o parcialmente, de modo directo o indirecto, pudiendo asumir la representación de empresas o sociedades nacionales y/o extranjeras de cualquier naturaleza; 6) La realización de cualquier otra actividad relacionada con las anteriores que determine la propietaria y que sean necesarias o relacionadas con el objeto social; 7) Asimismo para el cumplimiento de su objeto la Empresa podrá asociarse con terceros y/o asumir su representación, sean ellos personas Naturales o Jurídicas, Nacionales, Extranjeras o Mixtas. CAPITAL: El capital que se transfiere a la empresa será de $104.204.977, que el titular entera y paga de manera siguiente: Uno) Con aporte en dominio del Bien Raíz individualizado en escritura que el titular avalúa en $4.204.977., corresponde avalúo Fiscal del inmueble para primer semestre 2021 para efecto pago Contribuciones; y Dos) Con la suma de $100.000.000. que titular paga siguiente manera: Dos. a) Con la suma de $30.000.000. que paga este acto, de contado, ya ingresada a caja de la empresa; y Dos. b) Con la suma de $70.000.000. que titular pagará e ingresará a caja de la empresa con cargo futuras utilidades y/o en medida que el cumplimiento del objeto de la empresa lo requiera, dentro de un plazo máximo cinco años. En consecuencia y para todos efectos, se entiende que MANUEL TOMÁS MESA LATORRE, de la forma señalada, ha enterado el cien por ciento de su aporte a esta empresa individual de responsabilidad limitada. Administración: La administración y uso de razón social corresponderá al titular MANUEL TOMÁS MESA LATORRE, quien anteponiendo razón social a su firma, representará a la empresa con facultades señaladas en la escritura de constitución. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de oficinas, agencias, sucursales, o representaciones que pudiere establecer en otros puntos del país o extranjero. DOMICILIO: El domicilio de la empresa es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que estime conveniente abrir en otros puntos del país o en el extranjero.- DURACIÓN: 3 años, renovables tácita y sucesivamente períodos iguales, salvo que titular manifestare voluntad ponerle término mediante escritura pública anotada margen inscripción de la empresa al menos con 60 días anticipación vencimiento del período respectivo. Demás estipulaciones escritura extractada.