Instrumento
- Fecha
- 5 de julio de 2021
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
Capital: $ 100.000.- dividido en 100 acciones ordinarias, de iguales características y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en acto de constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 05 de Julio de 2021, Rep. N° 14.119-2021, ante mí, JOSÉ ANTONIO NUALART BENITO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diez millones dieciséis mil ciento cuarenta y cuatro guión tres, y doña MARÍA JOSÉ SEARLE ERRÁZURIZ, chilena, casada con el anterior compareciente, diseñadora, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos cuarenta y tres mil trescientos veinticuatro guión siete, ambos domiciliados en Avenida Charles Hamilton número diez mil doscientos setenta y nueve, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, acordaron constituir una sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Nombre: “INVERSIONES ARCHIPIÉLAGO NS SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “ARCHIPIÉLAGO NS SpA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La compra, venta, inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, letras, pagarés, planes de ahorro, cuotas, o derechos en todo tipo de sociedades sean civiles, comerciales o mineras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, derechos personales o reales, ello tanto en el mercado nacional como internacional; b) Prestar servicios financieros para la obtención de capital de trabajo por parte de pequeñas y medianas empresas, prestar servicios de administración, estudios de mercado, investigación y clasificación de clientela y asesorías en general; c) Administrar inversiones y percibir sus frutos o rentas; d) La prestación de estudios, asesorías financieras y económicas de cualquier índole; y toda otra actividad relacionada a las anteriores; y e) Las demás actividades que sean complementarias a dichos objeto. Para el cumplimiento de su objeto especifico, la sociedad podrá actuar siempre por cuenta propia o ajena y formar o integrar personas jurídicas de cualquier naturaleza de las cuales podrá asumir incluso su administración. Capital: $ 100.000.- dividido en 100 acciones ordinarias, de iguales características y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas en acto de constitución. Administración: La administración de la sociedad, la representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social corresponderá a uno o más administradores o gerentes, designados por sus accionistas. Se designa a JOSÉ ANTONIO NUALART BENITO quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con todas las facultades que se señalan en este Artículo Noveno de los Estatutos Sociales, sin limitaciones de ninguna especie. En caso de ausencia o impedimento de don JOSÉ ANTONIO NUALART BENITO, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá individualmente a MARIÁ JOSÉ SEARLE ERRÁZURIZ. En Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 07 de Julio de 2021.-