MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA KELLÉN LIMITADA

RUT 76969774-8 CVE 1974845
Fecha instrumento
18 de junio de 2021
Notaría
Melipilla

Instrumento

Fecha
18 de junio de 2021
Notario
RENE A. MARTINEZ LOAIZA
Domicilio
Melipilla
Comuna
Melipilla

Sociedad

Domicilio
- ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será “SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA KELLÉN SpA”, cuyo nombre de fantasía será “AGROCOMERCIAL KELLÉN SpA”, la que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. ARTÍCULO SEGUNDO: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años. ARTÍCULO TERCERO: OBJETO DE LA SOCIEDAD Y

Administración

- el administrador se designa en este acto a doña MERCEDES MONTERO GUTIERREZ, chilena, soltera, Factor de comercio, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos sesenta mil doscientos sesenta y tres guión tres, domiciliada en la Pataguilla sin número, comuna San Pedro Provincia de Melipilla.-Responsabilidad:- La responsabilidad personal de los socios se limita expresamente al monto de sus respectivos aportes, sin que la enumeración que se hace sea restrictiva o limitativa de sus facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENE A. MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura hoy ante mí, Rep.1164-2021 MERCEDES MONTERO GUTIERREZ, chilena, soltera, Factor de comercio, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos sesenta mil doscientos sesenta y tres guión tres, domiciliada en la Pataguilla sin número, comuna San Pedro Provincia de Melipilla y don ARIEL MAURICIO GUERRA MUÑOZ; chileno, soltero, factor de comercio, cedula nacional de identidad número catorce millones quinientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y seis guion seis, domiciliado en La Pataguilla; PRIMERO: Antecedentes.- Por escritura pública de fecha dieciocho de Noviembre de dos mil dieciséis ante el Notario Público don Alejando Martínez, Notario Público, y Conservador de Comercio Titular de la Notaria de Melipilla, se constituyó la Sociedad de responsabilidad Limitada “SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA KELLÉN LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía el de “COMERCIAL Y AGRICOLA KELLÉN LTDA, la que se inscribió a fojas cuatrocientos ochenta y tres, numero doscientos sesenta y uno del año dos mil dieciséis, en el registro de comercio de Melipilla.- SEGUNDO: Modificaron y Transformaron SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA KELLÉN LIMITADA, en una sociedad por acciones (SpA), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y cuyos estatutos son los siguientes: ESTATUTOS. TÍTULO PRIMERO.- Nombre, Duración, Objeto y Domicilio.- ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será “SOCIEDAD COMERCIAL Y AGRICOLA KELLÉN SpA”, cuyo nombre de fantasía será “AGROCOMERCIAL KELLÉN SpA”, la que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número veinte mil ciento noventa, sobre Mercado de Capitales y dieciocho mil dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. ARTÍCULO SEGUNDO: La sociedad comenzará a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años. ARTÍCULO TERCERO: OBJETO DE LA SOCIEDAD Y DOMICILIO: La sociedad tendrá por objeto la ejecución de las siguientes actividades sera: la realización de actos de comercio que tengan por objeto la comercialización, producción, distribución y exportación e importación de toda clase de productos, agrícolas, frutícolas, y todos los relacionados con el giro comercial y agrícola, gestar licencias y representaciones de productos nacionales y extranjeros, compra y venta de toda clase de productos agrícolas, frutícolas y ganaderos, el transporte de carga por carretera, transporte de personas y mercaderías propias o de tercero, transporte ya sea público o privado en vehículos propios o de terceros, compra venta y arrendamiento de propiedades, arriendo de maquinaria pesada, explotación, compra y venta de bosques, cría y engorda, compra y venta de ganado, compra, venta, arriendo de maquinaria pesada, agrícola, así como la prestación de servicios relativos al giro social, y toda otra actividad relacionada o no con las anteriores.- DOMICILIO: Camino central Rapel la Patagüilla sin número, comuna San Pedro, Provincia de Melipilla, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezcan en otros puntos del país o del extranjero. TÍTULO SEGUNDO. Capital y acciones. ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma doce millones de pesos, dividido mil acciones, de una misma serie y sin valor nominal que se suscribe y que los socios pagaron y que ingresaron a la caja social, en la siguiente proporción: doña MERCEDES MONTERO GUTIERREZ subscribe tres millones de pesos, que han sido pagado con anterioridad a esta fecha, don ARIEL GUERRA MUÑOZ suscribe y paga la cantidad de nueve millones de pesos, los que han sido pagados con anterioridad a esta fecha, La sociedad podrá en todos los casos podrá poseer acciones de su propia emisión. De la Administración.- el administrador se designa en este acto a doña MERCEDES MONTERO GUTIERREZ, chilena, soltera, Factor de comercio, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos sesenta mil doscientos sesenta y tres guión tres, domiciliada en la Pataguilla sin número, comuna San Pedro Provincia de Melipilla.-Responsabilidad:- La responsabilidad personal de los socios se limita expresamente al monto de sus respectivos aportes, sin que la enumeración que se hace sea restrictiva o limitativa de sus facultades.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Melipilla, 18 de Junio de 2021.