MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Stone Limitada

RUT 76740967-2 CVE 1975062
Capital
$3.172 CLP
Fecha instrumento
14 de mayo de 2021
Notaría
Santiago de don

Instrumento

Fecha
14 de mayo de 2021
Comuna
Santiago de don

Sociedad

Capital
$3.172 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario de la 43º Notaría de Santiago de don, con oficio en calle Huérfanos Nº 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 14 de mayo de 2021, ante mí, Ofelia Teresa Castro Silva, Inversiones Capricornio Limitada, Inversiones Casa Grande Limitada y Inversiones Capián Limitada, todas domiciliadas en Espoz Nº 5.745, comuna de Vitacura, Santiago, en su carácter de únicas socias de Inversiones Stone Limitada, sociedad inscrita a fojas 73.845 Nº 39.717 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, y de Inversiones Roca II Limitada, sociedad inscrita a fojas 36.758 Nº 16.911 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021, acordaron lo siguiente: (i) Fusión de sociedades: Inversiones Capricornio Limitada, Inversiones Capián Limitada, Inversiones Casa Grande Limitada, y doña Ofelia Teresa Castro Silva, en su carácter de únicas y actuales socias de las sociedades Inversiones Stone Limitada e Inversiones Roca II Limitada, acoraron la fusión de ambas sociedades, fusión que se efectúa absorbiendo Inversiones Stone Limitada a Inversiones Roca II Limitada. Para los efectos de la fusión, las socias de ambas sociedades que se fusionaron tomaron en consideración los balances de ambas sociedades y el balance de fusión al 30 de abril de 2021. Como consecuencia de la fusión, Inversiones Stone Limitada adquirió todos los activos y pasivos de Inversiones Roca II Limitada, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. (ii) Disolución de Inversiones Roca II Limitada: Como consecuencia de la fusión acordada, Inversiones Roca II Limitada se disolvió a contar de la fecha de la escritura, quedando radicados en Inversiones Stone Limitada, todos los derechos que las socias mantenían sobre Inversiones Roca II Limitada. (iii) Aumento de capital de Inversiones Stone Limitada: Como resultado de la fusión, Inversiones Stone Limitada aumentó su capital social, el que a la fecha de la fusión ascendía a la suma de 30.000 dólares de los Estados Unidos de América, a la suma de 3.172.528 dólares de los Estados Unidos de América, que corresponden al capital aportado por Inversiones Roca II Limitada. (iv) Modificación de los estatutos de Inversiones Stone Limitada: En virtud del aumento de capital que se efectúa con ocasión de la fusión acordada, doña Ofelia Teresa Castro Silva, Inversiones Capricornio Limitada, Inversiones Capián Limitada e Inversiones Casa Grande Limitada, en su calidad de únicas y actuales socias de Inversiones Stone Limitada, vienen en reemplazar íntegramente el artículo sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital social es la suma de tres millones ciento setenta y dos mil quinientos veintiocho dólares de los Estados Unidos de América, que los socios aportaron y enteraron de la siguiente forma: /a/ doña Ofelia Teresa Castro Silva, aportó la suma de setenta y cinco mil setecientos treinta y cinco dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes aproximadamente a un dos coma tres dos por ciento de los derechos sociales; /b/ Inversiones Capián Limitada, aportó la suma de un millón treinta y dos mil doscientos sesenta y cuatro coma tres dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes aproximadamente a un treinta y dos coma cinco seis por ciento de los derechos sociales; c) Inversiones Casa Grande Limitada, aportó la suma de un millón treinta y dos mil doscientos sesenta y cuatro coma tres dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes aproximadamente a un treinta y dos coma cinco seis por ciento de los derechos sociales; y d)Inversiones Capricornio Limitada, aportó la suma de un millón treinta y dos mil doscientos sesenta y cuatro coma tres dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes aproximadamente a un treinta y dos coma cinco seis por ciento de los derechos sociales.” En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos de Inversiones Stone Limitada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 6 de julio de 2021.