Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2021
- Notario
- LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
- Oficio
- 39° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- 3 años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales
Objeto social
(a) la creación, instalación, mantención, explotación, dirección y administración de consultas médicas, clínicas, centros médicos, laboratorios, establecimientos de atención médica y en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de la salud y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación de la salud; (b) la exportación, importación, compra, venta, arrendamiento, distribución y comercialización de equipos, máquinas, instrumental e insumos médicos; (c) la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las descritas anteriormente, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituto de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de cualquier organismo del sector público, semifiscal, municipal o privado; (d) la participación, incluso como socio personalmente responsable, en sociedades con objeto similar o parecido, así como su administración; y, (e) se comprende también dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos, y cualquier otra actividad que directa o indirectamente se relacione con el objeto de la sociedad y que sea acordado por los accionistas, como también cualquier otro negocio conexo, relacionado o afín con el giro, incluyendo todos aquellos actos y contratos que sean conducentes a la consecución del
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular 39° Notaría de Santiago, Avenida Ossa 150, Ñuñoa, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 22 de junio de 2021, ante mí: RICARDO ALONSO SILVA BRICEÑO, chileno, administrador público, casado, domiciliado en José Tomás Rider N°1.327, dpto. 03, comuna de Providencia y MARÍA JOSÉ MARAÑÓN LUCO, chilena, educadora de párvulos, soltera, domiciliada en Avda. Salesianos N°1.310, dpto. 1.101, comuna de San Miguel, y de paso en ésta; constituyeron Sociedad por Acciones denominada “CONSULTA MÉDICA PROVISALUD SpA”. La Sociedad tendrá por objeto: (a) la creación, instalación, mantención, explotación, dirección y administración de consultas médicas, clínicas, centros médicos, laboratorios, establecimientos de atención médica y en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de la salud y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación de la salud; (b) la exportación, importación, compra, venta, arrendamiento, distribución y comercialización de equipos, máquinas, instrumental e insumos médicos; (c) la realización de cualquiera otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las descritas anteriormente, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Instituto de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de cualquier organismo del sector público, semifiscal, municipal o privado; (d) la participación, incluso como socio personalmente responsable, en sociedades con objeto similar o parecido, así como su administración; y, (e) se comprende también dentro del objeto social, las actividades de los profesionales paramédicos, y cualquier otra actividad que directa o indirectamente se relacione con el objeto de la sociedad y que sea acordado por los accionistas, como también cualquier otro negocio conexo, relacionado o afín con el giro, incluyendo todos aquellos actos y contratos que sean conducentes a la consecución del objeto social. La sociedad podrá desarrollar estas actividades por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otra u otras sociedades en las cuales participe. Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones sin valor nominal, que se suscriben y pagan en este acto: por Ricardo Alonso Silva Briceño, 50 acciones, a razón de $10.000 cada una y que asciende a la suma de $500.000, en dinero efectivo, y por María José Marañón Luco, 50 acciones, a razón de $10.000 cada una y que asciende a la suma de $500.000, pagado en dinero efectivo, incorporando el total del capital en la caja social. Duración: 3 años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 6 de julio de 2021.