MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL Y SERVICIOS SAN VICENTE LIMITADA

RUT 76210320-6 CVE 1974714
Fecha instrumento
2 de noviembre de 2004

Instrumento

Fecha
2 de noviembre de 2004

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
RAMIRO VICENTE MAFFEI SAGASTI socio 4916643-5

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 38028 del 4 de diciembre de 2004

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Rancagua, Campos 377, certifica: Por escritura hoy ante mi, RAMIRO FERNANDO MAFFEI ONETO, chileno RUT: 10.526.014-8 Ingeniero Comercial, casado; RAMIRO VICENTE MAFFEI SAGASTI, chileno, RUT:4.916.643-5 empresario, casado, ambos domiciliados Av. Presidente Salvador Allende 0131 Rancagua; JOSE MANUEL PEREZ PEREZ, chileno RUT: 4.348.394-3 empresario, casado Pje. San Enrique 16 San Damián Rancagua MODIFICAN Sociedad Comercial y Servicios San Vicente Limitada o San Vicente Ltda. RUT: 76.210.320-6 constituida escritura pública 2 noviembre 2004, Notario Rgua. Ernesto Montoya Peredo, extracto inscrito fojas 528 Nº 624 Registro Comercio Conservador Rancagua, año 2004. publicada Diario Oficial Nº 38.028 de 4/12/2004, modificada Escritura Pública 11/04/2014 Notario Rancagua Ernesto Montoya Peredo, extracto publicado Comercio Conservador Rancagua año 2014. MODIFICACIONES:1.-) CLÁUSULA QUINTA Administración y uso de la razón social , corresponderá a don José Manuel Pérez Pérez, quien actuará conjuntamente con uno cualquiera de los señores Ramiro Fernando Maffei Oneto o don Ramiro Vicente Maffei Sagasti. con las más amplias facultades general de administración, no taxativas, señaladas en la escritura extractada. 2.) CLÁUSULA DÉCIMA la cual queda de la siguiente forma: “DÉCIMO: La sociedad se disolverá anticipadamente por acuerdo unánime de los socios y por cualquier otra causa legal. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviviente por causa de demencia, quiebra, disolución o interdicción de uno de los socios, la sociedad continuará con los socios capaces y/o sobrevivientes y la sucesión del socio difunto, incapaz, insolvente, o disuelto de la siguiente forma: a.) En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviviente por causa de demencia, quiebra, disolución o interdicción del socio José Manuel Pérez Pérez la sociedad continuará con los socios capaces y/o sobrevivientes y la sucesión del socio difunto, incapaz, insolvente, o disuelto quienes deberán designar un mandatario común para actuar ante la sociedad, designación que se realizará por Escritura Pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro Conservatorio de Comercio respectivo. Este mandatario tendrá la facultad de administración y el uso de la razón social y actuará conjuntamente con uno cualquiera de los señores Ramiro Fernando Maffei Oneto o don Ramiro Vicente Maffei Sagasti y representarán a la sociedad con las facultades señaladas en la cláusula quinta del pacto social modificada por el presente instrumento. b.-) En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviviente por causa de demencia, quiebra, disolución o interdicción de los socios señores Ramiro Fernando Maffei Oneto o don Ramiro Vicente Maffei Sagasti la sociedad continuará con los socios capaces y/o sobrevivientes y la sucesión del socio difunto, incapaz, insolvente, o disuelto quienes deberán designar un mandatario común para actuar ante la sociedad, designación que se realizará por Escritura Pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro Conservatorio de Comercio respectivo. Este mandatario no tendrá la facultad de administración ni podrá hacer uso de la razón social, la cual quedará radicada en los restantes socios capaces y/o sobrevivientes, o en su defecto en el mandatario señalado en la letra a.-) anterior, quienes deberán actuar conjuntamente; La circunstancia de la defunción de un socio, se acreditará exclusivamente con el certificado de defunción respectivo y para los efectos de la designación de mandatario común no se requerirá la tramitación de la posesión efectiva.” En lo no modificado rige pacto social. Rancagua, 14 de Mayo de 2021.