Sociedad Constructora Terranova Limitada
Instrumento
- Fecha
- 1 de junio de 2021
- Notario
- Jorge Carvallo Velasco
- Oficio
- Segunda Notaría Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Administración
La Administración de la Sociedad y el uso de la firma o razón social corresponderá a Don AQUILES FRANCISCO ABARZUA URIBE, el que anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que estimen convenientes o necesarios para el cumplimiento de los fines sociales, cuyas facultades se especifican en la cláusula octava de la escritura social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Carvallo Velasco, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría Santa Cruz, Claudio Cancino Nº 60, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, AQUILES FRANCISCO ABARZUA URIBE, chileno, soltero, Ingeniero Forestal, C.I. 12.966.191-7, domiciliado en Pichilemu número quinientos treinta, Comuna de Pichilemu; y MARIA JOSE FALCON COFRE, chilena, soltera, Empresaria Forestal, C.I. 15.148.000-9, domiciliada Pichilemu número quinientos treinta, Comuna de Pichilemu, ambos de paso en ésta; celebraron contrato de cesión de derechos sociales y de modificación de los estatutos sociales, en la cual la segunda cedió al primero el 29,9999% de la totalidad de los derechos que le corresponde en la Sociedad Constructora Terranova Limitada, Rut.76.160.138-5, inscrita en el Registro de Comercio de Santa Cruz, a fojas 115, Nº 97, de 2011, con un capital inicial de $5.000.000. Se modificó la escritura social de la siguiente forma: I.- Socios: Se modifica la escritura social en el siguiente punto: I.- Socios: Las siguientes personas son los únicos socios de la Sociedad Agrícola y forestal Terranova Limitada: Don AQUILES FRANCISCO ABARZUA URIBE Y DOÑA MARIA JOSE FALCON COFRE; II.- Participación y distribución de ganancias y pérdidas: Las ganancias y pérdidas se distribuirán entre los socios, de acuerdo al aporte, correspondiéndole a DON AQUILES FRANCISCO ABARZUA URIBE el 99,9999 % por ciento de los derechos sociales, y a DOÑA MARIA JOSE FALCON COFRE el 0,0001% por ciento de la participación en la sociedad; III.- Administración y uso de la razón social: La Administración de la Sociedad y el uso de la firma o razón social corresponderá a Don AQUILES FRANCISCO ABARZUA URIBE, el que anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que estimen convenientes o necesarios para el cumplimiento de los fines sociales, cuyas facultades se especifican en la cláusula octava de la escritura social. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santa Cruz, 1 junio 2021.-