MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS RAMIREZ&OYARCE LIMITADA

RUT 76719964-3 CVE 1973567
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
Notario suplente de FÉLIX JARA CADOT
Oficio
Cuadragésima Primera Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio LUIS EDUARDO RAMIREZ RAMIREZ, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades contenidas en los estatutos sociales vigentes. TRES) Modificación de la

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ENRIQUE RODRIGUEZ SEPULVEDA, Notario suplente de FÉLIX JARA CADOT, Notario Público de la Cuadragésima Primera Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos mil ciento sesenta, subterráneo, Santiago, certifico: Por escritura pública hoy, ante mí, LUIS EDUARDO RAMIREZ RAMIREZ, chileno, divorciado, de profesión ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos cinco mil ciento sesenta y uno guion cinco, domiciliado en calle tres norte número tres mil setecientos sesenta y dos, comuna de Talca, y VICTOR ADAN OYARCE LAZO, chileno, casado con separación de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos cuatro mil quinientos noventa y uno guion siete, domiciliado en Rio Volga ciento cincuenta y uno, comuna de Maipú, modificaron sociedad “SERVICIOS Y DISTRIBUCIÓN DE ALIMENTOS RAMIREZ&OYARCE LIMITADA”, Rut. 76.719.964-3. Capital: dos millones de pesos, constituida por escritura pública de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil diecisiete otorgada ante Notario de Santiago don FELIX JARA CADOT. Inscrita a fojas veinte mil trescientos veintinueve número once mil trescientos noventa y dos del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año dos mil diecisiete. Actualmente son los únicos socios de la referida sociedad LUIS EDUARDO RAMIREZ RAMIREZ y VICTOR ADAN OYARCE LAZO, con un cincuenta por ciento del capital social para cada uno. MODIFICACIÓN CONSISTE: UNO) Se retira de la sociedad, don VÍCTOR ADAN OYARCE LAZO, quien vende, cede y transfiere el ochenta por ciento de sus derechos sociales, a don LUIS EDUARDO RAMIREZ RAMIREZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí por el precio de seis millones seiscientos mil pesos, precio que se paga en este acto en dinero en efectivo; y el veinte por ciento de los restantes derechos sociales a doña KARINA CECILIA PADILLA PIEROLA, chilena, soltera, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad número catorce millones ciento treinta y tres setecientos cuarenta y tres guion dos, domiciliado en calle tres norte número tres mil setecientos sesenta y dos, comuna de Talca, quien los compra, acepta y adquiere para sí por el precio de un millón cuatrocientos mil pesos, precio que se paga en este acto en dinero en efectivo, cesión que es expresamente aceptada por la totalidad de los comparecientes. Por lo tanto, la propiedad de los derechos sociales queda distribuida de la siguiente manera: don LUIS EDUARDO RAMIREZ RAMIREZ, noventa por ciento; y doña KARINA CECILIA PADILLA PIEROLA, diez por ciento; DOS) Modificación de la administración. La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio LUIS EDUARDO RAMIREZ RAMIREZ, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades contenidas en los estatutos sociales vigentes. TRES) Modificación de la razón social. El nombre o razón social será SERVICIOS Y DISTRIBUCION DE ALIMENTOS RAMÍREZ&PADILLA LIMITADA, pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad, el nombre de fantasía de “R&P ALIMENTOS LTDA.” Quedan como sus únicos socios, “SERVICIOS Y DISTRIBUCION DE ALIMENTOS RAMÍREZ&PADILLA LIMITADA”, LUIS EDUARDO RAMIREZ RAMIREZ, noventa por ciento del capital social; KARINA CECILIA PADILLA PIEROLA, diez por ciento del capital social. En todo lo no modificado por este instrumento se mantienen plenamente vigentes las demás estipulaciones del contrato social. Santiago, 21 Abril 2021.