MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRESTACIONES DENTALES INTEGRALES LA FLORIDA LIMITADA

RUT 77892530-3 CVE 1973566
Fecha instrumento
18 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2021
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Titular 43° Notaría de Santiago, Huérfanos 835 piso 18, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2021, ante mí, JOSÉ MIGUEL AQUEVEQUE INZUNZA, domiciliado en Avenida Nueva Providencia número mil trescientos sesenta y tres, oficina ochocientos tres, comuna de Providencia; don FRANCISCO JAVIER CABRERA ROJAS, domiciliado en calle Bismark número mil quinientos cincuenta, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; don CARLOS FRANCISCO HUERTA RICHARDS, domiciliado en Avenida Ortúzar número ochocientos diecinueve, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; don LORENA CECILIA HURTADO HASAN, domiciliada en calle Araucanía número siete mil seiscientos cuarenta y ocho casa cincuenta, comuna de La Florida, Región Metropolitana y de paso por ésta; don HERIBERTO ANTONIO SARRIA VIVILO, domiciliado en calle Luis Pasteur número seis mil ciento doce, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; don PABLO FERNANDO SILVA REYES, domiciliado en Avenida Nueva Providencia número mil trescientos setenta y tres, comuna de Providencia, Región Metropolitana y doña ANDREA MARÍA PÉREZ JATIP, domiciliada en Avenida Cristóbal Colón número cinco mil diez, departamento sesenta y tres, edificio dos, de la comuna de Las Condes; modificaron la sociedad PRESTACIONES DENTALES INTEGRALES LA FLORIDA LIMITADA, inscrita a Fs 3.764 N° 3.010 del año 2003 del Registro de Comercio de Conservador de Bienes Raíces, por medio del retiro de los socios JOSÉ MIGUEL AQUEVEQUE INZUNZA, HERIBERTO ANTONIO SARRIA VIVILLO, FRANCISCO JAVIER CABRERA ROJAS, PABLO FERNANDO SILVA REYES Y LORENA CECILIA HURTADO HASAN quienes por cesión de sus derechos que a continuación se detallan: Uno.- JOSÉ MIGUEL AQUEVEQUE INZUNZA, dueño de un 16,65% del haber social, vende cede y transfiere, el total de sus derechos sociales a doña ANDREA MARÍA PÉREZ JATIP quien los compra y acepta para sí, en el precio total de $46.620.-, que el cesionario paga en este acto y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir el precio a su entera conformidad; Dos.- HERIBERTO ANTONIO SARRIA VIVILO, dueño de un 16,67%, quien vende cede y transfiere, el total de sus derechos sociales a ANDREA MARÍA PÉREZ JATIP quien los compra y acepta para sí, en el precio total de $46.676.-, pagados en este acto y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir el precio a su entera conformidad Tres.-, FRANCISCO JAVIER CABRERA ROJAS dueño de un 16,67% del haber social, quien vende cede y transfiere, el total de sus derechos sociales a doña ANDREA MARÍA PÉREZ JATIP quien los compra y acepta para sí, en el precio total de $46.676.- que el cesionario paga en este acto y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir el precio a su entera conformidad; Cuatro.- PABLO FERNANDO SILVA REYES dueño de un 0,01 por ciento del haber social, quien vende cede y transfiere, el total de sus derechos sociales a doña ANDREA MARÍA PÉREZ JATIP quien los compra y acepta para sí, en el precio $28.-, que el cesionario paga en este acto y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir el precio a su entera conformidad; Quinto.- PABLO FERNANDO SILVA REYES dueño de un 16,66% del haber social, quien vende cede y transfiere, el total de sus derechos sociales a don CARLOS FRANCISCO HUERTA RICHARDS quien los compra y acepta para sí, en el precio total de $46.648.-, que el cesionario paga en este acto y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir el precio a su entera conformidad; Sexto.- LORENA CECILIA HURTADO HASAN dueña de un 16,7% del haber social, quien vende cede y transfiere, el total de sus derechos sociales a don CARLOS FRANCISCO HUERTA RICHARDS quien los compra y acepta para sí, en el precio total de $46,676., que el cesionario paga en este acto y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir el precio a su entera conformidad; retiro que es aceptado por los actuales socios, otorgándose el más amplio y recíproco finiquito entre ellos y la sociedad por todas las obligaciones y relaciones habidas durante el tiempo que fueron socios de dicha sociedad.- Como consecuencia de todas las cesiones realizadas la sociedad “Prestaciones Dentales Integrales La Florida Limitada”, quedará conformada por los siguientes socios: ANDREA MARÍA PÉREZ JATIP y don CARLOS FRANCISCO HUERTA RICHARDS, quienes luego de las modificaciones efectuadas a la sociedad, cada uno de ellos tendrá un cincuenta por ciento del total del capital social, declarando en este acto, cada uno de ellos, conocer y aceptar en todas sus partes el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de julio de 2021.- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA.