Instrumento
- Fecha
- 23 de junio de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) La elaboración, producción, preparación, procesamiento, fraccionamiento, fabricación, compra, venta, exportación, importación, distribución, comercialización, representación de todo tipo, sin limitación alguna, de productos alimenticios, jugos, bebidas, frías y calientes, no alcohólicas, líquidos en general, zumos, alimentación congelada y no congelada y de cualesquiera otros productos destinados al consumo alimenticio; b) La importación y exportación de todo tipo de insumos, maquinarias y demás bienes muebles que sean necesarios para la adecuada marcha del negocio; c) La representación de marcas y comercialización de las mismas en el mercado chileno o extranjero, en relación al rubro indicado en la letra a) de la presente cláusula; d) La realización de actividades relacionadas con la comercialización, venta, difusión, promoción, publicidad, marketing, propaganda y campañas publicitarias a través de todos los medios o canales sean estos materiales, inmateriales, digitales, electrónicos, presenciales o remotos, de los productos de alimentación descritos en la letra a), conjuntamente con su distribución a domicilio, restaurantes y a todo tipo de establecimiento de comercio o entidad estatal; e) Crear, adquirir, administrar o arrendar, locales en funcionamiento o no, para la explotación, por cuenta propia o ajena, de negocios o establecimientos de expendio de alimentos y de bebidas no alcohólicas, como restaurantes, pubs, food truck, cafeterías, fuentes de soda, gelaterías, heladerías, casinos, cocinas, almacenes, emporios, minimarkets o cualquier otra clase de establecimiento que permita desarrollar y explotar negocios de carácter gastronómico, en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas no alcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; servicios de pastelería, cafetería, panadería; servicios de comida rápida; reparto de alimentos a domicilio dentro de radio urbano, delivery y similares; y, f) En general, ejecutar cualquier acto y)o realizar cualquier otra actividad o negocio relacionada directa o indirectamente con el objeto social principal, que de común acuerdo convengan los
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a UNO O MAS ADMINISTRADORES, los que serán designados o revocados por la JUNTA DE ACCIONISTAS mediante escritura pública a que ésta sea reducida o por la TOTALIDAD DE LOS ACCIONISTAS mediante escritura pública, quienes anteponiendo su firma a la razón social podrán actuar indistintamente con las más amplias facultades, indicadas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos. La administración podrá ejercerse personalmente por el o los administradores, o a través de uno o más delegados designados. La designación y remoción de los delegados se realizará por escritura pública;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, Piso 18, Certifica: Por escritura pública suscrita con fecha 23/06/2021 ante mí, don Pablo Alberto Hidalgo Lobos y don Daniel Fernando Hidalgo Lobos, quienes vienen a constituir una sociedad por acciones la que se regirá por su estatuto social, y en su silencio por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y las normas legales pertinentes de la ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, en lo relativo a las sociedades anónimas cerradas y su Reglamento. ACCIONISTAS: Pablo Alberto Hidalgo Lobos y Daniel Fernando Hidalgo Lobos; RAZON SOCIAL: Los Hermanos SpA, pudiendo usar como nombre de fantasía HL SpA; OBJETO: a) La elaboración, producción, preparación, procesamiento, fraccionamiento, fabricación, compra, venta, exportación, importación, distribución, comercialización, representación de todo tipo, sin limitación alguna, de productos alimenticios, jugos, bebidas, frías y calientes, no alcohólicas, líquidos en general, zumos, alimentación congelada y no congelada y de cualesquiera otros productos destinados al consumo alimenticio; b) La importación y exportación de todo tipo de insumos, maquinarias y demás bienes muebles que sean necesarios para la adecuada marcha del negocio; c) La representación de marcas y comercialización de las mismas en el mercado chileno o extranjero, en relación al rubro indicado en la letra a) de la presente cláusula; d) La realización de actividades relacionadas con la comercialización, venta, difusión, promoción, publicidad, marketing, propaganda y campañas publicitarias a través de todos los medios o canales sean estos materiales, inmateriales, digitales, electrónicos, presenciales o remotos, de los productos de alimentación descritos en la letra a), conjuntamente con su distribución a domicilio, restaurantes y a todo tipo de establecimiento de comercio o entidad estatal; e) Crear, adquirir, administrar o arrendar, locales en funcionamiento o no, para la explotación, por cuenta propia o ajena, de negocios o establecimientos de expendio de alimentos y de bebidas no alcohólicas, como restaurantes, pubs, food truck, cafeterías, fuentes de soda, gelaterías, heladerías, casinos, cocinas, almacenes, emporios, minimarkets o cualquier otra clase de establecimiento que permita desarrollar y explotar negocios de carácter gastronómico, en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas no alcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; servicios de pastelería, cafetería, panadería; servicios de comida rápida; reparto de alimentos a domicilio dentro de radio urbano, delivery y similares; y, f) En general, ejecutar cualquier acto y/o realizar cualquier otra actividad o negocio relacionada directa o indirectamente con el objeto social principal, que de común acuerdo convengan los socios. La sociedad podrá participar en otras sociedades y personas jurídicas de cualquier naturaleza.; ADMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a UNO O MAS ADMINISTRADORES, los que serán designados o revocados por la JUNTA DE ACCIONISTAS mediante escritura pública a que ésta sea reducida o por la TOTALIDAD DE LOS ACCIONISTAS mediante escritura pública, quienes anteponiendo su firma a la razón social podrán actuar indistintamente con las más amplias facultades, indicadas en el Artículo Décimo Cuarto de los estatutos. La administración podrá ejercerse personalmente por el o los administradores, o a través de uno o más delegados designados. La designación y remoción de los delegados se realizará por escritura pública; CAPITAL: Un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado; Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de Junio de 2021.