Inversiones y Prestaciones Venser Seis Limitada
Instrumento
- Fecha
- 10 de junio de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $191.594.352 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular, 2ª Notaría Santiago, Oficio Amunategui N° 73, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 10 de junio de 2021, bajo el repertorio número 53.747-2021, ante notario que autoriza, INVERSIONES FALABELLA LIMITADA e INVERSIONES PARMIN SpA, ambas domiciliadas para estos efectos en Manuel Rodríguez Norte N° 730, comuna y ciudad de Santiago, modificaron “INVERSIONES Y PRESTACIONES VENSER SEIS LIMITADA”, inscrita a fojas 35.169 número 24.145 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2008, en el siguiente sentido: 1) Se aumentó el capital de la suma de $191.594.352.881 a $198.594.352.881, lo que implicó un aumento de capital efectivo ascendente a $7.000.000.000. 2) Que la socia Inversiones Falabella Limitada, suscribió y pagó el aumento de capital, con anterioridad a este acto, al contado y en dinero efectivo, con fecha 19 de mayo de 2021. 3) A consecuencia de lo anterior, las actuales y únicas socias acordaron remplazar el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de ciento noventa y ocho mil quinientos noventa y cuatro millones trescientos cincuenta y dos mil ochocientos ochenta y un pesos, íntegramente pagado por sus socios en la siguiente proporción: a) Inversiones Falabella Limitada, la suma de ciento noventa y ocho mil quinientos noventa y cuatro millones trescientos cincuenta y dos mil seiscientos nueve pesos que equivale aproximadamente a un noventa y nueve coma nueve nueve nueve nueve nueve nueve ocho seis por ciento de los derechos sociales; y b) Inversiones Parmin SpA, la suma de doscientos setenta y dos pesos que equivale a un cero coma cero cero cero cero cero cero uno cuatro por ciento de los derechos sociales”. 4) Socios reiteran que responsabilidad se mantiene limitada hasta monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15/06/2021. Francisco Javier Leiva Carvajal. Notario Público.