CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA LAS MULAS SpA

RUT 76033348-4 CVE 1973452
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de junio de 2021
Repertorio
10155-2021
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
34° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) La Sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes raíces, corporales o incorporales; la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio, y en definitiva en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales. La Sociedad podrá también proyectar y realizar, en los bienes corporales inmuebles que adquiera con ocasión del desarrollo de su objeto, subdivisiones, fusiones y loteos, administrarlos y explotarlos con fines habitacionales, agrícolas o cualquier otro que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda N°359, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 30 de junio de 2021, repertorio N°10.155-2021, ante mí, don NICOLÁS LARRAIN HURTADO y don TOMÁS HURTADO CRUZAT, ambos en representación de CHL ASSET MANAGEMENT CHILE S.A. rol único tributario N°76.033.348-4, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9.070, piso 13, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; constituyeron una sociedad por acciones de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: INMOBILIARIA LAS MULAS SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: (a) La Sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes raíces, corporales o incorporales; la inversión en todo tipo de títulos, derechos, valores o efectos de comercio, y en definitiva en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales. La Sociedad podrá también proyectar y realizar, en los bienes corporales inmuebles que adquiera con ocasión del desarrollo de su objeto, subdivisiones, fusiones y loteos, administrarlos y explotarlos con fines habitacionales, agrícolas o cualquier otro que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, y dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas sobre cualquier clase de bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o convenientes al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; del mismo modo, podrá participar en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, civiles o comerciales, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, o sociedades por acciones. Podrá la Sociedad también, en general, realizar todos los negocios o actividades que se relacionen, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social descrito, y que acordaren los accionistas. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto.- Santiago, 05 de julio de 2021.- Eduardo Javier Diez Morello. Notario Público.-