Instrumento
- Fecha
- 2 de julio de 2021
- Repertorio
- 59664
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) La intermediación remunerada de contratos de seguros generales y de vida, exceptuando previsionales, con cualquier entidad aseguradora nacional radicada en el país, y la prestación de servicios y asesorías en la contratación de tales seguros; B) La venta, asesorías, consultorías, análisis, estudios, investigaciones en materias de los más diversos seguros ofrecidos en el mercado nacional e internacional; y C) Todos aquellos que dicen relación directa con las indicadas, como así también las necesarias o convenientes para estas últimas. La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas y asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden el o los socios, conexa o relacionada con lo anterior, y, en general realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines.;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público, Titular de la Segunda Notaria de Santiago, con oficio en Amunategui 73, certifica que por escritura pública bajo el repertorio Nº59.664, con esta fecha ante mí, los señores JOSE FRANCISCO VERGARA CONTRERAS, ROBERTO ANTONIO GONZALEZ ROJAS y LEGALEX SpA, constituyeron una sociedad por acciones regulada por el Artículo 414 y siguientes del Código de Comercio, cuya descripción es la siguiente: Razón Social: La Razón social es “FORTIO CORREDORES DE SEGUROS SpA” y podrá usar indistintamente como nombre de fantasía “TRANSCORREDORES SpA”. Objeto: A) La intermediación remunerada de contratos de seguros generales y de vida, exceptuando previsionales, con cualquier entidad aseguradora nacional radicada en el país, y la prestación de servicios y asesorías en la contratación de tales seguros; B) La venta, asesorías, consultorías, análisis, estudios, investigaciones en materias de los más diversos seguros ofrecidos en el mercado nacional e internacional; y C) Todos aquellos que dicen relación directa con las indicadas, como así también las necesarias o convenientes para estas últimas. La sociedad podrá, además, participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas y asociaciones que se constituyan en lo sucesivo o se encontraren ya constituidas, sean nacionales o extranjeras, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y todas las actividades análogas o complementarias de carácter comercial relacionadas con el giro y toda otra actividad que acuerden el o los socios, conexa o relacionada con lo anterior, y, en general realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines.; Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida.- Capital social. El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, el que es aportado en dinero en efectivo e ingresado a la caja social, en los términos indicados en la escritura extractada. Otras estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 2 de julio de 2021. Francisco Leiva Carvajal, Notario Público.