ECOZAL PROYECTOS E INSTALACIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de abril de 2007
- Notario
- PEDRO PARRA AHUMADA
- Oficio
- Primera Notaría de Peñalolén
- Comuna
- Peñalolén
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO PARRA AHUMADA, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Peñalolén, con oficio en Av. Grecia 5616, 2° piso, Peñalolén, certifica: Por escritura hoy, ante mí, JUAN MARCELO CONTRERAS BARRERA, TERESA DE JESÚS BARRERA CRUZ, MARCELA NICOLE CONTRERAS GUAJARDO y ADRIANA YASMIN GÓMEZ VÁSQUEZ, todos av. Larraín Nº6642, oficina 107, La Reina, modifican sociedad “ECOZAL PROYECTOS E INSTALACIONES LIMITADA”, constituida por escritura pública del 27/04/2007, otorgada ante Notario de Santiago, don Gonzalo de la Cuadra Fabres, inscrita en extracto a fojas 17.781, N°12.985 en Registro de Comercio de Santiago del 2007, publicada en Diario Oficial del 07/05/2007. RUT 76.853.280-K. Capital inicial $5.000.000.- Modificación consiste: 1) Teresa de Jesús Barrera Cruz vende, cede y transfiere todos sus derechos (25%), a Juan Marcelo Contreras Barrera, quien compra para sí, por la suma de $1.250.000.- pagado de contado. 2) Marcela Nicole Contreras Guajardo vende, cede y transfiere todos sus derechos (25%), a Juan Marcelo Contreras Barrera y a Adriana Yasmín Gómez Vásquez, quienes compran, aceptan y adquieren para sí, en proporción del 24% para el primera y el restante 1% para la última, por la suma de $1,250.000.- pagado proporcionalmente de contado. 3) Continúan como únicos socios Juan Marcelo Contreras Barrera, con 99% y Adriana Yasmín Gómez Vásquez, con 1% de derechos sociales. 4) Socios continuadores ratifican que la administración, representación y el uso de la razón social le corresponde exclusivamente a socio Juan Marcelo Contreras Barrera, con amplias facultades. 5) Reiteran que responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. 6) Reiteran que las pérdidas y utilidades se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. Demas estipulaciones en escritura extractada. Otras cláusulas no modificadas continúan vigentes. Santiago, 02 de julio de 2021.-