SOCIEDAD INMOBILIARIA SANTA PATRICIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2021
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- decima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $35.000.000 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Santiago
- Duración
- 5 Años, prorrogables de manera automática por periodos iguales de tiempo
Objeto social
La inversión, adquisición, enajenación, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, obtención de rentas o beneficios de inmuebles, inversiones o participación en otras sociedades, empresas, negocios o valores;
Administración
La sociedad será administrada por ambos socios de manera indistinta con las facultades expresadas en el instrumento constitutivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público Titular decima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1235, segundo piso, Santiago, Certifico: Que por escritura pública de fecha 22 de junio de 2021, don RODRIGO ALEJANDRO SILVA PEREZ, chileno, casado con separación de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número 13.369.088-3, con domicilio en Caletera Américo Vespucio 1700, departamento 502 E, Cerrillos, y doña CAROLINA ANDREA NIETO GIL, chilena, casada con separación de bienes, ejecutiva comercial, cédula nacional de identidad número 16.714.271-0, con domicilio en Caletera Américo Vespucio 1700, departamento 502 E, Cerrillos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “SOCIEDAD INMOBILIARIA SANTA PATRICIA LIMITADA”, con nombre de fantasía “INMOBILIARIA SANTA PATRICIA LTDA.”. Domicilio: la ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Objeto: La inversión, adquisición, enajenación, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, obtención de rentas o beneficios de inmuebles, inversiones o participación en otras sociedades, empresas, negocios o valores; Duración: 5 Años, prorrogables de manera automática por periodos iguales de tiempo; Administración: La sociedad será administrada por ambos socios de manera indistinta con las facultades expresadas en el instrumento constitutivo. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Capital: $35.000.000. Socia Carolina Andrea Nieto Gil aporta la suma de $350.000, correspondiente al 1% del capital social. Socio Rodrigo Alejandro Silva Pérez aporta la suma de $34.650.000 en especie o cuerpo cierto individualizado en cláusula primera transitoria, y que corresponde al 99% del capital social. Otras estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 01 de julio de 2021.-