Instrumento
- Fecha
- 30 de junio de 2021
- Notario
- RUBEN REINOSO HERRERA
- Oficio
- Cuarta Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de La Serena
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La prestación de servicios profesionales de abogado en todas las áreas o ramas del derecho, sin limitación alguna, tales como la realización de auditorías; asesorías, estudios e informes en derecho y representación en actuaciones judiciales; y b) En general, la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente
Administración
La adminstración y representación de la sociedad corresponderá a don Diego Roberto Mardones Zamora, con facultades estipuladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, Cuarta Notaría de La Serena, con domicilio en Cordovez 405, certifica: por escritura pública de fecha de hoy, ante mí, Diego Roberto Mardones Zamora, C.I. N° 15.640.392-K, constituyo Sociedad por Acciones: Nombre o Razón Social: “Mardones Zamora Abogados SpA” y Nombre de Fantasía “MZ Abogados SpA”.- Objeto: a) La prestación de servicios profesionales de abogado en todas las áreas o ramas del derecho, sin limitación alguna, tales como la realización de auditorías; asesorías, estudios e informes en derecho y representación en actuaciones judiciales; y b) En general, la ejecución de todos los actos, contratos o negocios que digan relación, directa o indirectamente, con los rubros mencionados precedentemente.- Administración: La adminstración y representación de la sociedad corresponderá a don Diego Roberto Mardones Zamora, con facultades estipuladas en escritura extractada.- Duración: Indefinida.- Capital: $3.000.000.-, dividido en 3.000.000 de acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, suscritas, enteradas y pagadas por constituyente. Domicilio: La ciudad de La Serena, sin perjuicio de las sucursales que puedan establecerse en el resto del país o en el extranjero para lo cual estará expresamente facultada.- Demás estipulaciones constan en escritura social escritura extractada. La Serena, 30 de Junio de 2021.-