CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES GASTRONÓMICAS LEYTON MONCADA LIMITADA

RUT 15185683-7 CVE 1972106
Fecha instrumento
1 de julio de 2021
Notaría
Concepción
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2021
Notario
Alejandro Omar Abuter Game
Oficio
Décima Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Duración
5 años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus

Objeto social

a) La producción, importación, venta, comercialización y distribución de insumos y productos gastronómicos. b) La elaboración, procesamiento, venta, comercialización y distribución de alimentos, platos preparados, bebidas alcohólicas y no alcohólicas. c) La explotación de bares, restaurantes, fuentes de soda, cafetería, gelatería, establecimientos de comida rápida y en general, de todo local o establecimiento que tenga por objeto la venta de alimentos. d) Servicio de delivery o entrega de alimentos a domicilio, de banquetes, bodas y otras celebraciones, arrendamiento de equipos y transporte, pub, discotecas, arrendamiento de servicios inmateriales, cursos de gastronomía y hotelería. e) Todo otro negocio u objeto que acordaren los socios relacionados con su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Alejandro Omar Abuter Game, Notario Público, de la Décima Notaría de Concepción, calle Penco N° 150, comuna de Penco, certifico que: Por escritura hoy, ante mí: Don Pedro Igor Avendaño Moncada, cédula de identidad 15.185.683-7, domiciliado en Chacabuco N°191, comuna de Penco y don Carlos Mariano Leyton Burgos, cédula de identidad 16.545.084-1, domiciliado en Chacabuco N°191, comuna de Penco, vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. Razón social: “INVERSIONES GASTRONÓMICAS LEYTON MONCADA LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “CASA MONCADA LTDA.” que la obligará de la misma manera que razón social. Objeto: a) La producción, importación, venta, comercialización y distribución de insumos y productos gastronómicos. b) La elaboración, procesamiento, venta, comercialización y distribución de alimentos, platos preparados, bebidas alcohólicas y no alcohólicas. c) La explotación de bares, restaurantes, fuentes de soda, cafetería, gelatería, establecimientos de comida rápida y en general, de todo local o establecimiento que tenga por objeto la venta de alimentos. d) Servicio de delivery o entrega de alimentos a domicilio, de banquetes, bodas y otras celebraciones, arrendamiento de equipos y transporte, pub, discotecas, arrendamiento de servicios inmateriales, cursos de gastronomía y hotelería. e) Todo otro negocio u objeto que acordaren los socios relacionados con su giro. Administración, representación y uso razón social corresponderá a Pedro Igor Avendaño Moncada y a Carlos Mariano Leyton Burgos separada e indistintamente con las facultades que se indican en escritura. El capital social es la cantidad de un millón de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) don Pedro Igor Avendaño Moncada, la cantidad de quinientos mil pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto; y, b) don Carlos Mariano Leyton Burgos, la cantidad de quinientos mil pesos que corresponde al 50 por ciento del capital social, que paga de contado en dinero efectivo en este acto. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, prorrogables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Penco, a 1 de juLio de 2021.