MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Escombrother II SpA

RUT 77078353-4 CVE 1972148
Fecha instrumento
1 de julio de 2021

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2021
Repertorio
6880-21
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
agrupación de las comunas de Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas número 979, certifica: Por escritura pública de fecha 01 de Julio del año 2021, bajo el Repertorio N°6880-21, otorgada ante mí, don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO, domiciliado para estos efectos en General Ludwing número cuatro mil setecientos A, departamento mil ciento cuatro, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA, domiciliado para estos efectos en Calle Máximo Reyes número dos mil doscientos treinta, Comuna de Temuco, Región de La Araucanía, quienes participaron en el acto y efectuaron el siguiente Contrato de compraventa de acciones y modificación de Estatuto Social de “Escombrother II SpA” que se extracta a continuación: SEGUNDO: don FELIPE IGNACIO REUSE TELLO vende, cede y transfiere a don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA, quien compra y acepta en cesión y transferencia para sí, la cantidad de mil quinientas acciones, correspondiente al ciento por ciento de las acciones de que el vendedor es titular en la sociedad “Escombrother II SpA”, acciones nominativas, sin valor nominal, sin privilegios ni preferencias, de un total de tres mil acciones de serie única, en las cuales está dividido en capital social de la Sociedad. Las partes acuerdan que el precio total de compraventa de las acciones es de TRECE MILLONES DE PESOS chilenos.- TERCERO: MODIFICACIÓN ESTATUTOS SOCIALES.- Por el presente instrumento, el único socio y accionista de “ESCOMBROTHER II SpA”, viene en modificar los Estatutos de la Sociedad por Acciones, en específico, el Artículo Séptimo y Artículo Octavo, reemplazando lo indicado en los Estatutos originales y lo modificado. En particular, se modifican los Referidos artículos al siguiente tenor: “ARTÍCULO SÉPTIMO: La sociedad será administrada por la persona que designe, en calidad de Gerente General, la Junta de Accionistas por mayoría absoluta.- ARTÍCULO OCTAVO: El Gerente General tendrá todas las facultades necesarias para desarrollar el objeto social y representará a la sociedad con las más amplias facultades y sin ninguna limitación ante toda clase de personas, naturales o jurídicas, organismos, instituciones, asociaciones, corporaciones o autoridades, debiendo anteponer la razón social a su firma personal.- CUARTO: don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA, único accionista de la Sociedad, quien es titular del ciento por ciento de las acciones, viene en designar como Gerente General provisorio de la Sociedad a don FRANCISCO JAVIER BELLO INOSTROZA, quien actuará con todas las facultades indicadas en el Artículo Octavo de los Estatutos sociales, modificados en este instrumento.- Demás estipulaciones, escritura pública extractada. Doy Fe.- Temuco, 02 de Julio de 2021.