Instrumento
- Fecha
- 24 de junio de 2021
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La Sociedad tiene por objeto la importación, compra y venta de todo tipo de productos frutícolas. compra y venta de productos agrícolas, venta de productos frutícolas en el mercado nacional, venta de productos frutícolas en el mercado internacional, importación de productos agrícolas y frutícolas, administración de predios agrícolas, compraventa y arriendo de predios agrícolas, administración de packings y bodegaje, administración de producción y cosecha. Para tales efectos podrá representar a empresas o marcas nacionales o extranjeras, importar o comprar toda clase de productos o insumos agrícolas y, en general, llevar a cabo todo tipo de actividades de comercialización de productos ligados al agro. Capital y Acciones: El capital de la Sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, y se divide en mil acciones, sin serie, ni valor nominal. De ellas, se suscriben en este acto la totalidad de las acciones a razón de diez mil pesos cada una, las que se pagarán dentro de los próximos tres años, contados desde la fecha de esta escritura de constitución, de acuerdo a las necesidades de la Sociedad. De ellas, don Hernán Sergio Baeza Bunster suscribió quinientas acciones a razón de diez mil pesos cada una, las que se pagarán dentro de los próximos tres años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, de acuerdo a las necesidades de la Sociedad; y don Matías Alfonso Ruiz-Tagle Vargas suscribió quinientas acciones a razón de diez mil pesos cada una, las que se pagarán dentro de los próximos tres años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, de acuerdo a las necesidades de la Sociedad. Demás antecedentes y estipulaciones, protocolización y escritura extractadas. Santiago, 01 DE Julio DEL 2021//
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, chileno, casado, Abogado, con cédula nacional de identidad y rol único tributario número quince millones setecientos treinta y seis mil trescientos noventa y cuatro guión ocho, Notario Suplente del Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, don PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, con Oficio en calle Bandera número trescientos cuarenta y uno, Oficina trescientos cincuenta y dos, Santiago, certifica Por escritura pública de fecha 24 de junio de 2021, don HERNAN SERGIO BAEZA BUNSTER y don MATIAS ALFONSO RUIZ-TAGLE VARGAS, constituyeron una sociedad por acciones o SpA, de acuerdo al párrafo octavo, título séptimo, del libro segundo del Código de Comercio: Nombre: El nombre de la Sociedad es COMERCIALIZADORA MUNDO NUEVO SpA, la que podrá actuar y funcionar, inclusive ante los bancos, con el nombre de fantasía de MUNDO NUEVO SpA. Objeto social: La Sociedad tiene por objeto la importación, compra y venta de todo tipo de productos frutícolas. compra y venta de productos agrícolas, venta de productos frutícolas en el mercado nacional, venta de productos frutícolas en el mercado internacional, importación de productos agrícolas y frutícolas, administración de predios agrícolas, compraventa y arriendo de predios agrícolas, administración de packings y bodegaje, administración de producción y cosecha. Para tales efectos podrá representar a empresas o marcas nacionales o extranjeras, importar o comprar toda clase de productos o insumos agrícolas y, en general, llevar a cabo todo tipo de actividades de comercialización de productos ligados al agro. Capital y Acciones: El capital de la Sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, y se divide en mil acciones, sin serie, ni valor nominal. De ellas, se suscriben en este acto la totalidad de las acciones a razón de diez mil pesos cada una, las que se pagarán dentro de los próximos tres años, contados desde la fecha de esta escritura de constitución, de acuerdo a las necesidades de la Sociedad. De ellas, don Hernán Sergio Baeza Bunster suscribió quinientas acciones a razón de diez mil pesos cada una, las que se pagarán dentro de los próximos tres años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, de acuerdo a las necesidades de la Sociedad; y don Matías Alfonso Ruiz-Tagle Vargas suscribió quinientas acciones a razón de diez mil pesos cada una, las que se pagarán dentro de los próximos tres años, contados desde la fecha de la escritura de constitución, de acuerdo a las necesidades de la Sociedad. Demás antecedentes y estipulaciones, protocolización y escritura extractadas. Santiago, 01 DE Julio DEL 2021//.