MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TRANSPORTES DOMÍNGUEZ SpA

RUT 76349331-8 CVE 1971780
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de marzo de 2021
Repertorio
7995-2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad es. a) Transporte por vía terrestre de todo tipo de cargas, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en vehículos que la sociedad disponga a cualquier título; b) la representación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en las actividades agrícolas, forestales, de la construcción, de comercio, industriales y en general en cualquiera actividad que los accionistas acuerden sin limitación alguna; c) la compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes muebles en general, y en especial de vehículos, sean o no necesarios para el transporte de cargas o de bienes; d) Cualesquiera otras actividades o negocios relacionados o no con las anteriores, que los accionistas de común acuerdo determinen realizar, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales; y e) en general, la celebración y)o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de 43ª Notaría de Santiago, oficio Huérfanos 835, Piso 18, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 26.03.2021, Repertorio N° 7995-2021, otorgada ante mí: LUIS EUGENIO DOMÍNGUEZ LARRAÍN, chileno, casado con separación de bienes, empresario, cédula de identidad N° 5.196.182-K, domicilio Carlos Peña Otaegui 12501, depto. G 32, Las Condes; y BERNARDITA GONZÁLEZ LETELIER, chilena, casada bajo el régimen de separación de bienes, mediadora familiar, cédula de identidad N° 7.035.609-0, mismo domicilio anterior; exponen: ANTECEDENTES. 1) La sociedad por acciones “TRANSPORTES DOMÍNGUEZ SpA” se constituyó mediante escritura pública de fecha 19.11.2013, otorgada ante Notario Público Titular de 33ª Notaría de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, extracto inscrito Fojas 91.484 N° 59.633 en el Registro de Comercio de 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se publicó en Diario Oficial de 05.12.2013. 2) Capital de la Sociedad, $1.000.000, que se divide, a esta fecha, en 1.000 acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. A la Fecha de Cierre no existen Acciones emitidas pendientes de suscripción o pago. 3) A esta fecha, los únicos accionistas son: a) don LUIS EUGENIO DOMÍNGUEZ LARRAÍN, titular de 500 Acciones, representativas del 50% de las Acciones; y b) doña BERNARDITA GONZALEZ LETELIER, titular de 500 Acciones, representativas del 50% de las Acciones.- MODIFICACIÓN: Únicos accionistas, ya individualizados, convienen modificación de la sociedad, de conformidad a artículo 427 del Código de Comercio, se reemplaza el Artículo 3° de escritura de constitución, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO TERCERO: OBJETO: El objeto de la sociedad es. a) Transporte por vía terrestre de todo tipo de cargas, de todo tipo de bienes, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional en vehículos que la sociedad disponga a cualquier título; b) la representación de servicios relacionados directa o indirectamente con lo anterior, sea en las actividades agrícolas, forestales, de la construcción, de comercio, industriales y en general en cualquiera actividad que los accionistas acuerden sin limitación alguna; c) la compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes muebles en general, y en especial de vehículos, sean o no necesarios para el transporte de cargas o de bienes; d) Cualesquiera otras actividades o negocios relacionados o no con las anteriores, que los accionistas de común acuerdo determinen realizar, sin que para ello sea menester modificar los estatutos sociales; y e) en general, la celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social. La sociedad podrá desarrollar sus actividades por cuenta propia o ajena, directamente o participando o constituyendo otras sociedades al efecto, en las que podrá inclusive tener la calidad de socia gestora.” En todo lo no alterado por la presente escritura, regirá lo previsto en el pacto de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de mayo de 2021.-