SJ CABRERA TRANS SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSOLEDAD PEREZ VEGA, Abogado, Notario Conservador y Archivero Titular de esta comuna, con oficio en calle Chacabuco número 428, certifico: que con fecha 22 de junio de 2021, por escritura pública otorgada ante VALENTINA ESTER MORENO SOTO, Abogado, Notario Conservador y Archivero Suplente y de mi mismo domicilio, don ALDO FRANCISCO JAVIER CABRERA PARRAGUEZ, como vendedor, chileno, casado y debidamente autorizado por su cónyuge Doña ERIKA LOURDES RUBIO TRINCADO, chilena, casada, cédula nacional de identidad número 9.231.454-5, chofer profesional, cédula nacional de identidad número 10.233.340-1, ambos domiciliados en villa Magisterio, pasaje Maida Contreras, Nº 313, Comuna de Santa Cruz y don OCTAVIO DEL CARMEN CABRERA PARRAGUEZ, como comprador, Chileno, Chofer profesional, soltero, cédula nacional de identidad número 9.375.509-k, domiciliado en Nilahue Cornejo, calle San Pablo, sin número, comuna de Pumanque, sanean la Sociedad Por Acciones, “SJ CABRERA TRANS SpA.” o “SJ CABRERAS”, en fecha 12 de Enero de 2021, fue realizada la venta de Acciones y Modificación de Sociedad por Acciones “SJ CABRERA TRANS SpA.” o “SJ CABRERAS”, RUT: N° 76.447.863-0, la escritura referida quedo debidamente protocolizada a fojas 324, Repertorio número 86-2021, del Registro del Conservador de bienes Raíces de Peralillo del año 2021, viene en sanear la Sociedad por Acciones y Modificación de Sociedad por Acciones ya individualizada, en el sentido de que la modificación de fecha 12 de Enero de 2021, se publicó tardíamente en el Diario Oficial, con fecha 15 de Febrero de 2021, y no dentro del plazo que estable la ley. De esta forma queda subsanado el error de la Venta de Acciones y Modificación de la Sociedad por Acciones ya individualizada, en cuanto a la Publicación del extracto en el diario Oficial en el plazo que dicta la ley. En lo no modificado subsiste lo señalado en la escritura primitiva de constitución venta de Acciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Peralillo, 30 de Junio 2021.