MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD FERNANDO Y CLAUDIO GODOY OSORIO Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 85442700-8 CVE 1970954
Capital
$18.396.499 CLP
Fecha instrumento
8 de junio de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de junio de 2021
Repertorio
569
Notario
RICARDO OLIVARES PIZARRO
Domicilio
y Conservador Titular de Comercio y Minas de Vallenar

Sociedad

N. fantasía
"TALLERES GODOY LTDA”.- Objeto de la Sociedad: El objeto principal de la Sociedad es (y se mantiene) como: la explotación de un taller de tornería y soldadura que está instalado en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, se hace extensivo su objeto al arriendo de vehículos, maquinarias, equipos o enseres; al movimiento de tierra y mantención de caminos; y a la prestación de todo tipo de servicios y asesorías a la minería, la industria, el transporte, la construcción, la agricultura y toda otra actividad productiva, comercial e industrial; y en general, a la ejecución de toda clase de actividades, servicios y negocios que directa o indirectamente estén relacionados con las materias señaladas previamente y que los socios acuerden. Uso de la razón social y
Capital
$18.396.499 CLP
Domicilio
La Sociedad mantiene su domicilio la ciudad de Vallenar
Duración
Se conviene que la Sociedad, a partir de esta fecha, tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales

Administración

La administración y uso de la razón social le corresponderá “indistintamente” a cualquiera de los socios don FERNANDO IBAR GODOY OSORIO y doña PAOLA ANDREA GODOY TORRES, con amplias atribuciones que señala artículo quinto, “salvo” aquellas que expresamente se consignan al final de la misma cláusula, en que se necesitará “siempre” la firma concurrente de ambos socios administradores.- Capital Social y

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RICARDO OLIVARES PIZARRO, Notario Público y Conservador Titular de Comercio y Minas de Vallenar, domicilio en Arturo Prat 960, Local 14, Certifica: Por escritura pública de fecha 08 de Junio de 2021, Repertorio Nº 569, ante mí, don FERNANDO IBAR GODOY OSORIO, soltero, comerciante; don CLAUDIO ORLANDO GODOY OSORIO, casado, comerciante; doña PAOLA ANDREA GODOY TORRES, casada, comerciante; y doña CLAUDIA ALESSANDRA GODOY TORRES, casada, secretaria, todos con domicilio para estos efectos en Vallenar, calle Ramírez 1027, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada: "SOCIEDAD FERNANDO Y CLAUDIO GODOY OSORIO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, R.U.T. 85.442.700-8, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador del ramo de la ciudad de Vallenar a fojas once número seis, año 1972, constituida por los socios de apellidos GODOY OSORIO por escritura pública de 03 de marzo de 1972, Rep. 115, ante el ex-Notario Público de Vallenar don Daniel Zalduondo Maltés. Se ha señalado en actual modificación, que habida consideración que se omitió la publicación de su extracto, producto de una confusión al señalarse de que, inicialmente, se conformaba una Sociedad “Colectiva” de Responsabilidad Limitada, la que hizo inducir en dicho error al Conservador de la época, es que las partes conforme a lo expuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, de mil novecientos noventa y siete, que “ESTABLECE NORMAS SOBRE SANEAMIENTO DE VICIOS DE NULIDAD DE SOCIEDADES”, vienen en modificar y reformular en su integridad el estatuto social de la presente sociedad que contenía esa omisión inicial. Actual modificación consiste: El socio inicial CLAUDIO ORLANDO GODOY OSORIO, dueño de un 50% de los derechos y haberes en la sociedad, los vende, cede y transfiere en partes iguales, a cada una de las comparecientes doña PAOLA ANDREA GODOY TORRES y doña CLAUDIA ALESSANDRA GODOY TORRES, quienes los compran y adquieren para sí, y en la proporción señalada, ingresando en consecuencia a la sociedad con dichos porcentajes. El precio de la cesión que es la suma única y total de $9.000.000, las cesionarias lo pagaron al contado y en dinero efectivo y a prorrata de sus derechos adquiridos, es decir, $4.500.000 por cada una de ellas. A consecuencia de esta cesión, don CLAUDIO ORLANDO GODOY OSORIO deja de pertenecer a la sociedad. En virtud de lo expuesto los actuales y únicos socios FERNANDO IBAR GODOY OSORIO; PAOLA ANDREA GODOY TORRES; y CLAUDIA ALESSANDRA GODOY TORRES, vienen en modificar y reemplazar en su totalidad el estatuto social inicial por el que se pasa a señalar, cuyas cláusulas principales son: La presente Sociedad de Responsabilidad Limitada, ha sido constituida conforme a los términos de la ley Número tres mil novecientos dieciocho de catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones; teniendo presente además, las disposiciones generales de los Códigos Civil y de Comercio; y en forma principal, de las propias estipulaciones de este nuevo pacto social.- Razón Social: Se mantiene como "SOCIEDAD FERNANDO Y CLAUDIO GODOY OSORIO Y COMPAÑÍA LIMITADA”. Sin embargo y a partir de esta fecha, la sociedad podrá funcionar y actuar inclusive con los Bancos bajo el nombre de Fantasia: "TALLERES GODOY LTDA”.- Objeto de la Sociedad: El objeto principal de la Sociedad es (y se mantiene) como: la explotación de un taller de tornería y soldadura que está instalado en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, se hace extensivo su objeto al arriendo de vehículos, maquinarias, equipos o enseres; al movimiento de tierra y mantención de caminos; y a la prestación de todo tipo de servicios y asesorías a la minería, la industria, el transporte, la construcción, la agricultura y toda otra actividad productiva, comercial e industrial; y en general, a la ejecución de toda clase de actividades, servicios y negocios que directa o indirectamente estén relacionados con las materias señaladas previamente y que los socios acuerden. Uso de la razón social y administración: La administración y uso de la razón social le corresponderá “indistintamente” a cualquiera de los socios don FERNANDO IBAR GODOY OSORIO y doña PAOLA ANDREA GODOY TORRES, con amplias atribuciones que señala artículo quinto, “salvo” aquellas que expresamente se consignan al final de la misma cláusula, en que se necesitará “siempre” la firma concurrente de ambos socios administradores.- Capital Social y Aportes: El capital de la Sociedad se “actualiza” conforme a último balance en la suma de $18.396.499, que los socios "entienden" han aportado en proporción a su derecho y participación social, según porcentajes expuestos en el artículo octavo, los cuales se encuentran ingresados a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Distribución de Utilidades y Pérdidas: Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se distribuirán entre los socios a prorrata de sus aportes, es decir, para FERNANDO IBAR GODOY OSORIO, 50%; y para PAOLA ANDREA GODOY TORRES y CLAUDIA ALESSANDRA GODOY TORRES, 25% para cada una de ellas. Duración: Se conviene que la Sociedad, a partir de esta fecha, tendrá una duración de cinco años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales. Domicilio: La Sociedad mantiene su domicilio la ciudad de Vallenar, sin perjuicio de las Sucursales o Agencias que se establezcan a lo largo del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vallenar, 30 de Junio de 2021.-