MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CACERES Y ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76173735-K CVE 1971500
Fecha instrumento
14 de junio de 2021
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
14 de junio de 2021
Repertorio
3173/2021
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FERNANDO ROMERO RIQUELME, Notario Suplente del Titular de la Primera Notaría de Providencia, don Luis Eduardo Rodríguez Burr, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 14 de Junio de 2021, ante mí, Repertorio N° 3173/2021, SUSANA MARGARITA CACERES GONZALEZ, domiciliada en Catedral 2464, Depto. 201, Santiago, CAROLINA ESTEFANIA REYES RIQUELME, domiciliada en Séptimo de Línea 1259, Providencia, y NATALIA NICOLE GONZALEZ LEMOINE, domiciliada en Huérfanos 1977, Depto. 809, Santiago, modificaron la sociedad “CACERES Y ASOCIADOS LIMITADA”, RUT Nº 76.173.735-K, constituida por escritura de fecha 3 de Octubre de 2011, otorgada ante don Enrique Tornero Figueroa, Notario Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, inscrita a fojas 59.674 número 43.888 del Registro Comercio de Santiago del año 2011, en siguientes aspectos: 1) SUSANA MARGARITA CACERES GONZALEZ, cede a NATALIA NICOLE GONZALEZ LEMOINE, 10% de los derechos sociales, en la suma de $100.000. 2) Quedan como únicas socias SUSANA MARGARITA CACERES GONZALEZ, con 80% del haber social, CAROLINA ESTEFANIA REYES RIQUELME; con 10% del haber social y NATALIA NICOLE GONZALEZ LEMOINE, con 10% del haber social, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social. 3) reemplazan la cláusula quinta del estatuto social por la siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos, que las socias aportan de la siguiente forma: a) doña SUSANA MARGARITA CACERES GONZALEZ, la suma de ochocientos mil pesos, que corresponde al ochenta por ciento del haber social, ya ingresados en caja social; b) doña CAROLINA ESTEFANIA REYES RIQUELME la suma de cien mil pesos, que corresponde al diez por ciento del haber social, ya ingresados en caja social, y c) doña NATALIA NICOLE GONZALEZ LEMOINE, la suma de cien mil pesos, que corresponde al diez por ciento del haber social, ya ingresados en caja social”. En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en la escritura social anterior, especialmente en cuanto dice relación con la limitación de la responsabilidad de las socias al monto de sus aportes. Santiago, 14 de Junio de 2021. Rh.