VINI SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de mayo de 2021
- Repertorio
- 1879-2021
- Notario
- CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
- Domicilio
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de Santiago, con oficio en Avenida La Dehesa 1450, local 1. Certifica: Por escritura pública de fecha 26 de mayo del año 2021, Repertorio N°1879-2021, otorgada ante mí, el compareciente, ESTEBAN ALEJANDRO VILLASECA NIETO, con domicilio en Las Arañas N° 1974, La Reina, Santiago, debidamente facultado, redujo a escritura pública el Acta de la Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad VINI SpA, celebrada con fecha 26 de mayo del año 2021, del siguiente tenor extractado. ACTA PRIMERA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS VINI SpA. En Santiago de Chile, a 26 de mayo de 2021, siendo las 10 horas, en Avenida La Dehesa N° 1450, local quince A dos, Lo Barnechea, de esta ciudad, don CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, se realizó la Primera Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad VINI SpA, bajo la presencia de su único accionista don ESTEBAN ALEJANDRO VILLASECA NIETO. UNO. ASISTENCIA. De acuerdo al registro de accionistas concurrió a la Junta su único accionista don ESTEBAN ALEJANDRO VILLASECA NIETO, con 10 acciones, que representa el 100% del total de las acciones emitidas y con derecho a voto de la sociedad. Con ello se completa un quórum de asistencia del cien por ciento de las acciones emitidas por la sociedad. DOS. CONVOCATORIA Y FORMALIDADES PREVIAS. El asistente solicitó se dejara constancia en el acta de las siguientes circunstancias: a) Que habiéndose asegurado de antemano la comparecencia de la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto de la sociedad, las que se encuentran debidamente presentes en esta Junta, no fue necesario cumplir con las formalidades de citación y publicaciones; b) Que el acta será firmada por el único accionista de la sociedad asistente atendido a su número y que representa al único accionista registrado como tal en el Registro de Accionistas de la Sociedad con 5 días hábiles de anticipación a esta fecha. TRES. CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA, CALIFICACIÓN DE PODERES Y APERTURA DE LA JUNTA. En virtud de encontrarse presentes o representadas en la sala la totalidad de las acciones emitidas, se declaró legalmente constituida la Junta y se pidió dejar constancia de las siguientes formalidades: (a) Se encuentran presentes o debidamente representadas en la sala, el total de las acciones emitidas con derecho a voto, por lo cual y de conformidad al artículo 60 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, esta Junta puede celebrarse válidamente; (b) El asistente, es titular de acciones inscritas en el Registro de Accionistas de la sociedad con 5 días de anterioridad al día de celebración de esta Junta; y (c) Se omitieron los trámites de citación y convocatoria que prevé la Ley, pues se tenía la certeza que concurrirían la totalidad de las acciones emitidas con derecho a voto, lo que ha sucedido. CUATRO. OBJETO DE LA JUNTA. El asistente informó que, conforme a la convocatoria, la junta tenía por objeto someter a la consideración de su único accionista el siguiente asunto: Revocación de administrador y otorgamiento de nuevos poderes. Revocación de administrador. La junta por su único accionista, y de conformidad a los artículos 57 N° 2 y 67 inciso 1° de la ley sobre sociedades anónimas, acordó revocar al actual administrador y dejar sin efecto todos los poderes de administración conferidos a doña CARMEN VICTORIA CAROLINA NIETO GREZ como administradora de la sociedad, otorgados en la escritura pública de constitución de la sociedad de fecha 27 de abril de 2020, otorgada ante la Notario Público Interino de Lo Barnechea doña María Viviana Figueroa Jiménez. Otorgamiento de nuevos poderes. La junta por su único accionista, y de conformidad a los artículos 57 N° 2 y 67 inciso 1° de la ley sobre sociedades anónimas, acordó otorgar nuevos poderes generales para la administración de la sociedad, la representación y el uso de la razón social, designando al efecto como nuevo administrador de la sociedad a don ESTEBAN ALEJANDRO VILLASECA NIETO, cédula nacional de identidad N° 13.832.316-1, quien tendrá amplias facultades y las atribuciones que le otorga la junta, según escritura extractada. CINCO. FIRMA DEL ACTA Y EJECUCIÓN DE ACUERDOS. No habiendo otros asuntos que tratar, la junta, por su único accionista acordó que el acta de la asamblea sea firmada por el asistente a ella, y que los acuerdos adoptados se lleven a efecto sin necesidad de posterior aprobación de la misma. SEIS. REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA. La junta, por su único accionista, facultó a don ESTEBAN ALEJANDRO VILLASECA NIETO para que proceda a reducir a escritura pública todo o parte del acta, y al portador de copia autorizada de esa escritura, o de un extracto de la misma, para requerir y firmar las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que procedan en los registros pertinentes y para requerir las publicaciones que procedan. No habiendo otra materia que tratar siendo las 10:30 horas, se puso término a la junta. CERTIFICADO NOTARIAL. El Notario que suscribe certifica: Uno.- Que estuvo presente en la junta y que dicha junta se efectuó en día, lugar y hora que precedentemente se indicó. Dos.- A dicha junta concurrieron todos los accionistas, según se señala en el acta que antecede. Tres.- Que concurrieron las acciones emitidas por la sociedad que se indican en la hoja de asistencia. Cuatro.- Que en dicha junta se adoptaron por unanimidad los acuerdos que se mencionan y que se dio lectura a todos ellos. Cinco.- Que al acta que antecede es una expresión fiel de lo ocurrido en dicha junta. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 26 de mayo de 2021.