TRANSPORTES YACKELIN CRISTINA ALDABA SALGADO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de junio de 2019
- Repertorio
- 2836
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZÁLEZ
- Domicilio
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Domicilio
- Iquique. Socios limitan responsabilidad monto respectivos
- Duración
- 5 años a contar desde esta fecha, prorrogable períodos y formas establecidos contrato extractado
- Ley aplicable
- Ley 19.857
Objeto social
Será el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, tanto en territorio nacional como en el extranjero; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; el arrendamiento y)o sub-arrendamiento de medios de carga, la contratación de fletamentos o sub-fletamentos de carga, a tal efecto podrá también contratar seguros de transporte en nombre y representación de compañías de seguros, representar a prestadores de servicios de transporte nacionales e internacionales, y cualquier otro negocio de decida la constituyente.Capital: $6.000.000.- pagado y enterado en caja social siguiente forma: a) $2.940.000.- por YACKELYN CRISTINA ALDABA SALGADO; y, b) $3.060.000.- por ESTEBAN RICARDO QUERO VEJAR.- Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: Corresponderá a ambos socios, conjunta o separadamente, indistintamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZÁLEZ, abogado, Notario Público Iquique, Suplente del Titular NÉSTOR ARAYA BLAZINA, Serrano 386, CERTIFICA: Por escritura pública hoy ante mí, YACKELYN CRISTINA ALDABA SALGADO y ESTEBAN RICARDO QUERO VEJAR, ambos Pasaje Violeta N°3832, sector Parque Oreiente, Comuna de Alto Hospicio; modificaron "TRANSPORTES YACKELIN CRISTINA ALDABA SALGADO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ", y su nombre de fantasía "TRANSPORTES PILLCO MOZO E.I.R.L.", constituida mediante escritura esta misma Notaría el 03 de Junio de 2019, Repertorio 2836, inscrita fojas 916 N°632 Registro Comercio Iquique año 2019.-Modificación consiste: YACKELYN CRISTINA ALDABA SALGADO vende, cede y transfiere a don ESTEBAN RICARDO QUERO VEJAR, quien compra y adquiere para sí el 51% de los derechos empresariales, en $3.060.000.- pagados este acto.- Conforme Art. 14 Ley 19.857, éstos transforman "TRANSPORTES YACKELIN CRISTINA ALDABA SALGADO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" en una Sociedad Responsabilidad Limitada, con arreglo a las normas de la Ley 3.918 y los siguientes estatutos: Nombre o razón social: "SOCIEDAD TRANSPORTES PILLCO MOZO LIMITADA", y su nombre fantasía "TRANSPORTES PILLCO MOZO LTDA.".- Objeto: Será el transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendado a terceros, tanto en territorio nacional como en el extranjero; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; el arrendamiento y/o sub-arrendamiento de medios de carga, la contratación de fletamentos o sub-fletamentos de carga, a tal efecto podrá también contratar seguros de transporte en nombre y representación de compañías de seguros, representar a prestadores de servicios de transporte nacionales e internacionales, y cualquier otro negocio de decida la constituyente.Capital: $6.000.000.- pagado y enterado en caja social siguiente forma: a) $2.940.000.- por YACKELYN CRISTINA ALDABA SALGADO; y, b) $3.060.000.- por ESTEBAN RICARDO QUERO VEJAR.- Administración, representación, uso razón social y nombre fantasía: Corresponderá a ambos socios, conjunta o separadamente, indistintamente.- Duración: 5 años a contar desde esta fecha, prorrogable períodos y formas establecidos contrato extractado.- Domicilio: Iquique. Socios limitan responsabilidad monto respectivos aportes.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Iquique, 9 de Junio de 2021.-