MIGUEL ÁNGEL CÁCERES PERALTA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de junio de 2021
- Repertorio
- 4427-2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “MAC Limitada”
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- 10 años, a contar de esta fecha, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes de fin del respectivo período
Objeto social
en forma individual o en conjunto con otros, actuando por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: i) el desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas; ii) la transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; iii) la adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de cualquier recurso, elemento o insumo necesario para la producción de electricidad o su explotación; iv) la venta, disposición, o comercialización a cualquier título de la producción de electricidad; v) la prestación de todo tipo de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional y operacional de proyectos de energía eléctrica; vi) la inversión en todo clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que sean necesarios o útiles para la realización del objeto social; y vii) toda actividad u operaciones que acuerden los socios necesarias para el cumplimiento de los negocios anteriores
Administración
corresponderá exclusivamente al socio Miguel Ángel Cáceres Peralta, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, indicadas en la cláusula cuarta del estatuto, pudiendo delegar en un tercero la totalidad o parte de sus facultades, a su entera discreción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHUMBERTO QUEZADA MORENO, Titular 26ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo Nº3196, comuna de Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de junio del 2021, repertorio N°4427-2021, ante mí, don MIGUEL ÁNGEL CÁCERES PERALTA, y don NÉSTOR ELISEO CÁCERES GODOY, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo 3910, oficina 201, comuna de Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “MIGUEL ÁNGEL CÁCERES PERALTA Y COMPAÑÍA LIMITADA”. Nombre de fantasía: “MAC Limitada”. Capital: $1.000.000, que los socios aportan en la siguiente proporción: i) don Miguel Ángel Cáceres Peralta, aporta y paga la cantidad de $900.000, equivalentes al 90% de los derechos sociales, y ii) don Néstor Eliseo Cáceres Godoy, aporta y paga la cantidad de $100.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: corresponderá exclusivamente al socio Miguel Ángel Cáceres Peralta, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, indicadas en la cláusula cuarta del estatuto, pudiendo delegar en un tercero la totalidad o parte de sus facultades, a su entera discreción. Objeto social: en forma individual o en conjunto con otros, actuando por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades: i) el desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de proyectos de generación de electricidad en base a energías renovables no convencionales, incluyendo toda su infraestructura e instalaciones asociadas; ii) la transmisión de electricidad para sí o por cuenta de terceros; iii) la adquisición, extracción, procesamiento, transformación y comercialización de cualquier recurso, elemento o insumo necesario para la producción de electricidad o su explotación; iv) la venta, disposición, o comercialización a cualquier título de la producción de electricidad; v) la prestación de todo tipo de servicios, consultorías o asesorías relacionados con el desarrollo y gestión pre operacional y operacional de proyectos de energía eléctrica; vi) la inversión en todo clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, que sean necesarios o útiles para la realización del objeto social; y vii) toda actividad u operaciones que acuerden los socios necesarias para el cumplimiento de los negocios anteriores. Duración: 10 años, a contar de esta fecha, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, seis meses antes de fin del respectivo período. Domicilio: ciudad de Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago18 de junio de 2021. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.