Instrumento
- Fecha
- 22 de junio de 2021
- Repertorio
- 6604-2021
- Notario
- MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la 5° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto (a) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles, derechos, títulos de crédito, acciones, bonos, efectos de comercio y en cualquier otra clase de valores, y la administración y disposición de dichas inversiones y de sus frutos; y (b) la explotación por cuenta propia o ajena, de predios rústicos propios o de terceros, sean agrícolas, ganaderos o forestales, en todas sus fases y formas. Para el cumplimiento de dichos fines, la sociedad podrá constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas, liquidarlas, pudiendo servir o actuar como socia gestora de sociedades en comandita de cualquier clase o de socia gestora partícipe en asociaciones o cuentas en participación
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la 5° Notaria de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique N°30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 22 de junio de 2021, Repertorio N° 6.604-2021, ante el Titular, Alberto Antonio Tagle Reszczynski, María Isabel Tagle Reszczynski, María Adriana Tagle Reszczynski, Antonia Mercedes Tagle Reszczynski y María de Los Ángeles Tagle Reszczynski constituyeron una sociedad por acciones, cuyas menciones extractables son: Nombre: Lleuque SpA. Capital: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales cada uno de los accionistas fundadores suscribió 200 acciones, pagadas de contado y en dinero efectivo, enterándolo en la caja social. En consecuencia, el capital social se declara íntegramente suscrito y pagado para todos los efectos legales. Objeto: La sociedad tendrá por objeto (a) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles, derechos, títulos de crédito, acciones, bonos, efectos de comercio y en cualquier otra clase de valores, y la administración y disposición de dichas inversiones y de sus frutos; y (b) la explotación por cuenta propia o ajena, de predios rústicos propios o de terceros, sean agrícolas, ganaderos o forestales, en todas sus fases y formas. Para el cumplimiento de dichos fines, la sociedad podrá constituir, integrar, modificar y participar en sociedades de cualquier clase u objeto, asociaciones, comunidades, cooperativas, sea que existan actualmente o que se formen en el futuro, disolverlas, liquidarlas, pudiendo servir o actuar como socia gestora de sociedades en comandita de cualquier clase o de socia gestora partícipe en asociaciones o cuentas en participación. Demás estipulaciones constan en escritura pública que se extracta. Santiago, 24 de junio de 2021. MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente.