CONSTRUCTORA BEC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de junio de 2021
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de Junio 2021, ante titular, don Christian Andrés Rouret Peña, cedula nacional de identidad número siete millones cuatrocientos setenta y ocho mil doscientos noventa y uno guión cuatro, por sí y en representación, de la sucesión hereditaria quedada al fallecimiento de don Carlos Julio Alejandro Augusto Rouret Larenas, Rol Único Tributario en trámite, formada por sus hijos doña María Pía Rouret Peña, don Christian Andrés Rouret Peña, don Alejandro Raúl Rouret Peña, don Carlos José Rouret Peña y su cónyuge doña Manena Julia María Amelia Peña Farr, todos domiciliados en calle Antonio Varas número trescientos tres, oficina quinientos tres, comuna de Providencia, ciudad de Santiago. Modificaron sociedad “COSNTRUCTORA BEC LIMITADA”, constituida por escritura pública fecha 15 de abril 1998, notario Santiago Eduardo Diez Morello, extracto inscrito a fojas 8.977, número 7.327, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, año 1.998, publicada en Diario Oficial de fecha 25 de abril de 1998. Modificación consiste: Uno) En virtud del fallecimiento del socio don Carlos Julio Alejandro Augusto Rouret Larenas, los comparecientes modifican Cláusula Primera pacto social, por la siguiente: PRIMERO: Entre don Christian Andrés Rouret Peña y la sucesión hereditaria quedada al fallecimiento de don Carlos Julio Alejandro Augusto Rouret Larenas, se ha formado una sociedad comercial de responsabilidad limitada, sujeta a las disposiciones de la ley tres mil novecientos dieciocho y leyes modificatorias de ésta, como a asimismo a las cláusulas del contrato de sociedad, la cual girará bajo la razón o firma social de “CONSTRUCTORA BEC LIMITADA”; Dos) Modifican la cláusula tercera, ampliando las facultades relativas a la administración, representación y uso de la razón social, por lo que, se sustituye la cláusula Tercera del pacto social, por la siguiente: TERCERO: La Administración de la sociedad: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don Christian Andrés Rouret Peña, quien anteponiendo a su firma la razón social, la representará con las más amplias facultades, según escritura extractada. Tres) En cuanto a la cláusula cuarta relativa al capital social y su composición se reemplaza por la siguiente. CUARTO: Capital social. “EL capital de la sociedad es la suma de seiscientos cuarenta y un millones cuatrocientos veintiséis mil ciento veinticinco pesos, íntegramente aportado y pagado, en dinero efectivo e ingresado a caja social, incluyéndose en dicho monto la revalorización de capital propio de la sociedad, por la suma de seiscientos nueve millones trescientos veintiún mil pesos, según balance al treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciséis, distribuido dicho capital entre sus actuales socios, don Christian Andrés Rouret Peña, en un noventa y nueve por ciento y la sucesión de don Carlos Julio Alejandro Augusto Rouret Larenas, en un uno por ciento. Lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 22 de Junio de 2021.