COMERCIAL TRADECENTER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de junio de 2021
- Repertorio
- 31741
- Notario
- JAVIER IGNACIO HORMAZÁBAL COLLAO
- Oficio
- Titular de la 19ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER IGNACIO HORMAZÁBAL COLLAO, Notario Público, Suplente del Titular de la 19ª Notaría de Santiago, Bandera 341 Of. 352, CERTIFICA: Por escritura pública de 15 de junio de 2021, Repertorio 31.741, ante mí, LORENA BETTIANA WOLTER, domiciliada en calle Doctor Alejandro del Río número 2.319, Ñuñoa, Santiago, IVÁN RUBÉN SALINAS SEPÚLVEDA, domiciliado en Presidente Riesco 4.123, depto. 105, Las Condes, Santiago, y, CARLOS ALEJANDRO CORREA GERLACH, domiciliado en calle Salomón Sumar, 3.420, M 4, San Joaquín y de paso en Santiago, realizaron cesión de derechos y modificación de la sociedad “COMERCIAL TRADECENTER LIMITADA”, constituida con fecha 22 de septiembre de 2011, por escritura pública ante el Notario Público Titular de la Trigésimo Cuarta Notaria de Santiago, don Eduardo Diez Morello, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 55.965, número 41.192 del año 2011. Modificaciones consisten: LORENA BETTIANA WOLTER, vende, cede y transfiere el 98% de sus derechos equivalentes al 49% del capital social a IVÁN RUBÉN SALINAS SEPÚLVEDA, y el 2% de sus derechos equivalentes al 1% del capital social a CARLOS ALEJANDRO CORREA GERLACH, quienes los adquieren y aceptan para sí. Precio de la cesión es $1.470.000 y $30.000 respectivamente que compradores y cesionarios pagan en forma señalada en escritura extractada. IVÁN RUBÉN SALINAS SEPÚLVEDA y CARLOS ALEJANDRO CORREA GERLACH en su calidad de únicos y actuales socios, modifican la cláusula QUNTO del pacto social, en el sentido que la representación legal y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don IVÁN RUBÉN SALINAS SEPÚLVEDA con las facultades señaladas en la escritura que se extracta. Modifican así también la cláusula SEXTO del pacto social quedando como el que sigue: “SEXTO: Capital de la sociedad.- El capital de la sociedad asciende a la suma de tres millones de pesos que los socios enteran de la siguiente manera: i) El señor Iván Rubén Salinas Sepúlveda, aporta la suma de un dos millones novecientos setenta mil pesos, correspondientes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, los que paga en este acto, en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales; ii) El señor Carlos Alejandro Correa Gerlach, aporta la suma de un treinta mil pesos, correspondientes al uno por ciento de los derechos sociales, los que paga en este acto, en dinero efectivo, ingresando en arcas sociales.” Resto del estatuto queda inalterado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 24 de junio 2021. Javier Ignacio Hormazábal Collao.