Khipu SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de mayo de 2021
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $337.460 CLP
- Ley aplicable
- ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas número mil setenta, segundo piso, Santiago Centro, Región Metropolitana, certifico: en Décima Octava Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad KHIPU SpA., celebrada el 30 de abril de 2021, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha 24 de mayo de 2021, autorizada por mi, don Álvaro Gonzalez Salinas, se acordó: (UNO) Sanear de conformidad a ley N° 19.499, reforma de estatutos de la sociedad KHIPU SpA., consistente en la modificación de capital social, acordada en la Décima Sexta Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 30 de abril de 2019, reducida a escritura pública con fecha 24 de mayo de 2019 y autorizada por don Álvaro González Salinas, Notario titular de esta misma Notaria. El vicio formal que se sanea es la falta de publicación oportuna del extracto de la citada escritura pública de fecha 24 de mayo de 2019.- (DOS) Modificar los estatutos sociales, en lo referente al capital social, mediante los siguientes acuerdos, considerando como antecedentes las anteriores modificaciones del capital social. Antecedentes: (i) Conforme acuerdo de la 16° Junta Extraordinaria de Accionistas, de 29 de abril de 2019, y cuya acta fue reducida a escritura pública el 24 de mayo de 2019 autorizada por don Álvaro González Salinas, se aumentó el capital social de vigente a la fecha, que ascendía a $337.460.104 dividido en 4.809.156, mediante la emisión de 60.000 acciones, alcanzado así un monto total de $337.520.104 dividido en 4.809.156.-; (ii) Con ocasión de la 8° Junta Ordinaria de Accionistas, de 30 de abril de 2020, se aprobó el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas del Ejercicio del año 2019, el que arrojó utilidades por $11.903.421. Por tanto, conforme el artículo 10 de la Ley de Sociedades Anónimas se modificó de pleno derecho el capital social vigente a la fecha, que ascendía $337.520.104.-, aumentando éste en $11.903.421, así de la revalorización del capital de la sociedad resulta un nuevo capital social de $349.423.525, dividido en 4.869.156 acciones; (iii) Con ocasión de la 9° Junta Ordinaria de Accionistas, de 30 de abril de 2021, se aprobó el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas del Ejercicio del año 2020, el que arrojó utilidades por $250.517.666. Por tanto, conforme el artículo 10 de la Ley de Sociedades Anónimas se modificó de pleno derecho el capital social vigente a la fecha, que ascendía $349.423.525, aumentando éste en $250.517.666, así de la revalorización del capital de la sociedad resulta un nuevo capital social de $599.941.191 dividido en 4.869.156 acciones.- Modificaciones: (1ro) extinguir 68.175 acciones emitidas y no colocadas, nominativas, de única serie y sin valor nominal, emitidas con la finalidad de vesting para colaboradores de la compañía y que finalmente no fueron colocadas, de forma tal que la cantidad de acciones en que se encuentra dividido actualmente el capital social, que es 4.869.156 acciones, se reduce en 68.175 acciones, quedando finalmente dividido en 4.800.981 acciones, y (2do) aumentar el capital social en $94.040, mediante la emisión de 94.040 nuevas acciones nominativas, destinadas para un programa de vesting, para ser colocadas al precio de $1 cada una, de forma tal que el actual capital social, correspondiente a $599.941.191 conforme lo indicado en la Décimo Octava Junta Ordinaria de accionistas de 30 de abril de 2021, ascenderá a la suma final de $600.035.231, y éste pasará de estar dividido 4.800.981 acciones a estar conformado por 4.895.021 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. Todo lo anterior en la forma señalada en la escritura extractada. Sociedad inscrita a Fs. 1.799, Nº 1.211 Registro de Comercio de Santiago, año 2012.- Demás acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 23 de junio de 2021.