Instrumento
- Fecha
- 17 de junio de 2021
- Repertorio
- 12582-2021
- Notario
- KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
- Domicilio
- don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 17 de junio de 2021, Repertorio N° 12.582-2021, ante el Titular, don ÍTALO ANDRÉS VALDÉS SUÁREZ, chileno, cédula de identidad N° 17.464.124-2, domiciliado en calle Braulio Arenas N°1512, comuna de La Serena, Cuarta Región; y doña MILITZA AURORA CABRERA PEREIRA, chilena, cédula de identidad N°10.645.750-6, domiciliada en calle Cuarta Avenida N°1.227, departamento N°1402, comuna de San Miguel; vienen en constituir una sociedad por acciones. Nombre o razón social. “GRUVAL SpA”.- Duración. Indefinida.- Objeto. La sociedad tendrá por objeto: Uno) La compra, venta, exportación, importación y comercialización al por mayor y al por menor de maquinaria para la construcción; Dos) Prestación de servicios de operación de todo tipo de grúas y otras maquinarias; Tres) La comercialización, compra, venta al por mayor y al por menor en comercios no especializados, distribución, importación, exportación, elaboración y fabricación por cuenta propia o de terceros, de todo tipo o clase de mercaderías tales como maquinarias, repuestos, accesorios, insumos, softwares, etc.. Cuatro) Prestación de servicios de mantención y montaje de grúas de levante vertical y mantención y reparación de todo tipo de maquinaria; Cinco) El transporte terrestre de toda clase de bienes y mercaderías, en especial de áridos, vibrados de hormigón y toda clase de materiales y maquinarias de construcción y cualquier otro relacionado por carretera, con vehículos propios o ajenos, así como la contratación de estos transportes a terceros y; la prestación de servicios logísticos en un amplio sentido de toda clase de mercadería; Seis) Para el cumplimiento de los fines indicados, la sociedad podrá asociarse, incorporarse o efectuar inversiones en otras sociedades, cualquiera fuera su naturaleza; Siete) La inversión en toda clase de bienes inmuebles, muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures y cualquier instrumento del mercado de capitales, e igualmente la inversión y participación en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones que tengan por objeto las inversiones pasivas; y Ocho) Cualquier otra actividad que se relacione en la actualidad o en el futuro con todo lo dicho y cualquier otro acto afín que acordaren los accionistas, en especial, participar en otras sociedades que tengan un objeto social similar.- Capital. $2.000.000.-, dividido en cien acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, el cual se suscribe y paga de la siguiente forma: don ÍTALO ANDRÉS VALDÉS SUÁREZ suscribe 50 acciones, en la suma de $1.000.000.-, suma que paga en este acto y en dinero efectivo y que ingresa en arcas sociales; doña MILITZA AURORA CABRERA PEREIRA suscribe 50 acciones, en la suma de $1.000.000.-, suma que paga en este acto y en dinero efectivo y que ingresa en arcas sociales. En consecuencia, se encuentran totalmente suscritas y pagadas el cien por ciento de las acciones emitidas y pagado el cien por ciento del capital de la sociedad.- Administración y uso de razón social. Corresponderá a don ÍTALO ANDRÉS VALDÉS SUÁREZ, cédula nacional de identidad N° 17.464.124-2, y a doña MILITZA AURORA CABRERA PEREIRA, cédula nacional de identidad N°10.645.750-6, quienes actuando uno cualquiera de ellos, separada e indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de junio de 2021.