Gestión y Sistemas Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de junio de 2021
- Notario
- María Patricia Donoso Gomien
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es Fundo la Granada sin número de la comuna de Maule, Región de Maule
- Duración
- La sociedad terminará el día treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós, entendiéndose prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad mediante escritura pública que deberá anotarse en el Registro de Comercio al margen de la inscripción del extracto de la escritura de formación, con a lo menos cuatro meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo original de la sociedad o del período de prórroga que se encuentre vigente
Objeto social
la prestación de asesorías en gestión agrícola y herramientas informáticas, la compraventa, inversión y explotación de todo tipo de bienes, el desarrollo y explotación de cualquier forma de programas informáticos
Administración
Corresponderá a ambos socios actuando individualmente. Excepcionalmente, para avalar y constituir a la sociedad en fiadora o codeudora solidaria o conjunta, autocontratar, constituir prenda civil, industrial, comercial sin desplazamiento y bancaria en favor de terceros; constituir, hipotecas o prendas de cualquier especie en favor de terceros, adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, dar dinero en mutuo o préstamo, u otorgar mandato para tales actos y contratos, deberán actuar ambos socios conjuntamente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Patricia Donoso Gomien, Notario Público de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 8 de junio de 2021, Repertorio número 9552-2021, don Enrique Hurtado Ruiz-Tagle, chileno, casado y separado totalmente de bienes, profesor, cédula de identidad número 7.034.985-K, domiciliado en Avenida Francisco de Asís N°1949, Las Condes, Santiago, y don Jorge Álvarez Ríos, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número 7.165.796-3, domiciliado en Fundo la Granadas de la comuna de Maule, Región de Maule, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: Nombre: “Gestión y Sistemas Limitada”. Administración: Corresponderá a ambos socios actuando individualmente. Excepcionalmente, para avalar y constituir a la sociedad en fiadora o codeudora solidaria o conjunta, autocontratar, constituir prenda civil, industrial, comercial sin desplazamiento y bancaria en favor de terceros; constituir, hipotecas o prendas de cualquier especie en favor de terceros, adquirir y enajenar a cualquier título bienes raíces, dar dinero en mutuo o préstamo, u otorgar mandato para tales actos y contratos, deberán actuar ambos socios conjuntamente. Capital: El capital social es la suma de 4.000.000 (cuatro millones) de pesos, que se suscribe, entera y paga en el acto de constitución de la sociedad. Objeto: la prestación de asesorías en gestión agrícola y herramientas informáticas, la compraventa, inversión y explotación de todo tipo de bienes, el desarrollo y explotación de cualquier forma de programas informáticos. Duración: La sociedad terminará el día treinta y uno de diciembre de dos mil veintidós, entendiéndose prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su intención de poner término a la sociedad mediante escritura pública que deberá anotarse en el Registro de Comercio al margen de la inscripción del extracto de la escritura de formación, con a lo menos cuatro meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo original de la sociedad o del período de prórroga que se encuentre vigente. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es Fundo la Granada sin número de la comuna de Maule, Región de Maule, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de junio de 2021.