CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Sociedad de Inversiones Reyes y Osorio SpA

CVE 1966873
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de mayo de 2021
Notaría
Pública de

Instrumento

Fecha
20 de mayo de 2021
Comuna
Pública de

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será el arrendamiento, la compra, venta y enajenación a cualquier título de bienes muebles y raíces; su explotación, arrendamiento, administración y percepción de sus frutos; como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; en bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.-Domicilio: Comuna de Santiago, sin perjuicio sucursales resto del país o extranjero

Administración

Aaron Rolando Reyes Ventura y Natalia Elizabeth Osorio Riquelme, de manera conjunta o separada, indistintamente, el uno del otro

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NANCY DE LA FUENTE HERNÁNDEZ, Abogada, Titular de la 37ª Notaría Pública de Santiago, con oficio en Huérfanos N°1117, oficina 1014, comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 20.05.2021, Rep. Nº 1576, ante mí, AARON ROLANDO REYES VENTURA, domiciliado en Av. Larraín 6783 Depto. 31, La Reina; y NATALIA ELIZABETH OSORIO RIQUELME, domiciliada en Armando Carrera 4192, Conchalí, constituyeron la siguiente sociedad por acciones: Nombre: “SOCIEDAD DE INVERSIONES REYES Y OSORIO SpA”, también con el nombre de fantasía “AKUM SpA”.- Objeto: El objeto de la sociedad será el arrendamiento, la compra, venta y enajenación a cualquier título de bienes muebles y raíces; su explotación, arrendamiento, administración y percepción de sus frutos; como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios; en bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades.-Domicilio: Comuna de Santiago, sin perjuicio sucursales resto del país o extranjero.- Administración: Aaron Rolando Reyes Ventura y Natalia Elizabeth Osorio Riquelme, de manera conjunta o separada, indistintamente, el uno del otro.- Capital : $5.000.000.- que socios enteran en caja social, en dinero efectivo, de la siguiente forma: a) Aaron Rolando Reyes Ventura, la suma de $2.500.000; y b) Natalia Elizabeth Osorio Riquelme, la suma de $2.500.000. El capital queda por íntegramente pagado, en la forma establecida en la escritura que se extracta. Demás estipulaciones en estatuto social extractado. Santiago, 28 de Mayo de 2021.