MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA SILVESTRE LIMITADA

RUT 76203042-K CVE 1966710
Fecha instrumento
7 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de junio de 2021
Notario
ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA
Oficio
Cuadra- gésima Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMÉRICO ÁLVAREZ BARRERA, Notario Público de la Cuadra- gésima Primera Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número mil ciento sesenta, subsuelo, Suplente del Titular don Félix Jara Cadot, según Decreto Judicial número doscientos setenta y cuatro guión dos mil veintiuno, de fecha veintisiete de mayo del año dos mil veintiuno, de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don Arturo Videla Marín, en representación de INVERSIONES PROFINCA S.A. y en representación de SOCIEDAD AGRÍCOLA CASAS DEL OLIVETO LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Las Condes número siete mil cuarenta y uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modifican INMOBILIARIA SILVESTRE LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones doscientos tres mil cuarenta y dos guión K, constituida el trece de enero de dos mil doce e inscrita a fojas diez mil doscientos treinta y tres número siete mil doscientos setenta y cinco del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil doce. Los únicos y actuales socios de dicha sociedad son las sociedades comparecientes, quienes debidamente representadas, modifican la sociedad en lo siguiente: “CLÁUSULA TERCERA: Se modifica el articulo Sexto de los estatutos sociales, agregando nuevas facultades a favor de los administradores de la sociedad. A continuación de las facultades indicadas en la letra v) se agrega luna letra w) con las siguientes facultades: “Letra w) Adquirir, vender, comprar y permutar enajenar y transferir toda clase de bienes raíces, pudiendo firmar recibos, dar cuenta de pago, otorgar cancelaciones, renunciar a las acciones resolutorias y ratificar compraventas de bienes raíces y autocontratar”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 junio 2021.-