MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Constructora P & L Limitada

RUT 76215424-2 CVE 1966138
Capital
$967.342 CLP
Fecha instrumento
7 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de junio de 2021
Repertorio
91-2021
Notario
ALBERTO MOZÓ AGUILAR
Oficio
40º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$967.342 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
CATALINA SpA socio 76560711-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZÓ AGUILAR, Notario Público de la 40º Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos 332, comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de 07 de junio de 2021, otorgada ante mí: OSCAR EDUARDO PIZARRO SEPÚLVEDA y FABIOLA ANDREA LOBOS GALLARDO, ambos domiciliados calle Córdova N° 302, Villa Parque Real, comuna de Quilicura, Región Metropolitana; y CATALINA SpA, RUT N° 76.560.711-6, debidamente representada por OSCAR EDUARDO PIZARRO SEPÚLVEDA, ambos domiciliados Errázuriz N° 330, Doñihue, Sexta Región, de paso en esta ciudad, exponen: modifican sociedad “CONSTRUCTORA P & L LIMITADA”, RUT. N° 76.215.424 -2, constituida 15 de junio de 2012 Notario Público Santiago doña Linda Scarlett Boch Jiménez, titular 12° Notaría de Santiago, Amunategui 385, inscrita a fojas 40.419 n° 28.441 año 2012 publicada Diario Oficial 20 de junio 2012. Modificada 12 de diciembre 2014 ante Notario Público de Santiago don Felix Jara Cadot, titular de 41 Notaría de Santiago, Huérfanos 1.160 local 12, inscrita Registro de Comercio de Santiago a fojas 97.125 n° 59.428 año 2014, publicada D.O 26 de diciembre 2014. Modificada 24 de julio 2015 ante Notario Público de Santiago, don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, titular 12 Notaría de Santiago, Teatinos 331, Santiago, inscrita Registro de Comercio de Santiago a fojas 62.356 N° 36.500, año 2015, publicada D.O. 29 agosto 2015. Rectificada ante Notario Público de Santiago, don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, titular 12 Notaría de Santiago, Teatinos 331, Santiago, inscrita Registro de Comercio de Santiago a fojas 64.553 N° 37.744, año 2015, publicada D.O. 31 agosto 2015. Saneada ante Notario Público de Santiago, don Álvaro González Salinas, titular 42° Notaría de Santiago, Agustinas 1070, 2° piso, Santiago, inscrita Registro de Comercio de Santiago a fojas 96.714 N° 51.981, año 2017, publicada D.O. 26 diciembre 2017. Luego, modificada ante Notario Público de Santiago, don Álvaro González Salinas, titular 42° Notaría de Santiago, Agustinas 1070, Segundo Piso, Santiago, inscrita Registro de Comercio de Santiago a fojas 99237 N° 53527, año 2017, publicada D.O. 2 enero 2018. Por último, rescilia y modifica ante Notario Público de Santiago, Alberto Mozó Aguilar, titular 40° Notaría de Santiago, Teatinos 332, Santiago, inscrita Registro de Comercio de Santiago a fojas 40628 N° 18.738 año 2021, publicada D.O. 29 mayo 2021. Esta sociedad se encuentra actualmente vigente, sin otras modificaciones que las precitadas. I.- Modificación de los socios de la sociedad por cesión de Derechos: UNO) FABIOLA ANDREA LOBOS GALLARDO, dueña del 19 % del haber social, vende, cede y transfiere el 100 % de su haber social en la presente sociedad a CATALINA SPA representada por Oscar Eduardo Pizarro Sepúlveda, quien, actuando a nombre de sociedad, compra, adquiere y acepta para ella los derechos y acciones antes referidos. Precio $100.000.000.- pesos, ya pagados con anterioridad a este acto. DOS) OSCAR EDUARDO PIZARRO SEPULVEDA, dueño del 81% del haber social, vende, cede y transfiere el 10,59 % de su haber social en la presente sociedad a CATALINA SpA, para quien acepta, adquiere y compra su representante legal, el 10,59% de los derechos y acciones antes referidos. Precio $60.000.000.- pesos, que cesionario paga de contado y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibir dicha suma a su entera satisfacción. En consecuencia, participación queda: Oscar Eduardo Pizarro Sepúlveda, 70,41 % haber social y Catalina SpA, 29,59 % haber social restante. II.- Modificación de la sociedad por aumento de capital: Asimismo, se modifica la escritura de constitución en el título segundo, artículo quinto del pacto social, la que estipula el capital social de la sociedad. El capital social de la sociedad aumenta de la suma de $967.342.904 a la suma de $1.937.575.619, que aportaran los socios conforme a sus respectivos porcentajes, es decir, OSCAR EDUARDO PIZARRO SEPÚLVEDA aporta la suma de $683.140.855 pesos, equivalentes al 70,41% de sus derechos sociales; y CATALINA SpA aporte la suma de $287.091.860, equivalente al 29,59 % de sus derechos sociales, quedando un capital social en la suma de $1.937.575.619. De conformidad con lo antes expuesto, socios reemplazan íntegramente el título segundo, artículo quinto del Estatuto social relativo al capital, por el siguiente: El capital de la sociedad es la suma de $1.937.575.619, que los socios aportan de la siguiente manera: UNO) Oscar Eduardo Pizarro Sepúlveda, aporta la suma de $1.364.246.994, equivalentes al 70,41% del haber social, que enteró y entera de la siguiente forma: A) Con la suma de $681.106.139, ya pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a esta fecha; B) Con la suma de $392.606.160 pesos, aporte que enterará y pagará a la caja social en dinero en efectivo, a más tardar dentro del en plazo de 5 años contados desde la fecha de esta escritura y en la medida que lo requiera las necesidades sociales; C) Con la suma $43.597.259, mediante la capitalización de utilidades acumuladas de sociedad no repartidos durante el ejercicio 2017; D) Con la suma de $29.527.112, mediante la capitalización de utilidades acumuladas de sociedad no repartidos durante el ejercicio, correspondiente al año 2018; E) Con la suma de $32.064.380, mediante la capitalización de utilidades acumuladas de sociedad no repartidos durante el ejercicio, correspondiente al año 2019; F) Con la suma de $185.345.944, mediante la capitalización de utilidades acumuladas de sociedad no repartidos durante el ejercicio, correspondiente al año 2020; DOS) CATALINA SpA, aporta la suma de $573.328.625, equivalentes al 29,59 % del haber social, que enteró y entera de la siguiente forma: A) Con la suma de $286.236.765, ya pagados e ingresados en la caja social con anterioridad a esta fecha; B) Con la suma de $18.321.870, mediante la capitalización de utilidades acumuladas de sociedad no repartidos durante el ejercicio 2017; C) Con la suma de $12.408.852, mediante la capitalización de utilidades acumuladas de sociedad no repartidos durante el ejercicio, correspondiente al año 2018; D) Con la suma de $13.475.145, mediante la capitalización de utilidades acumuladas de sociedad no repartidos durante el ejercicio, correspondiente al año 2019; E) Con la suma de $77.892.153, mediante la capitalización de utilidades acumuladas de sociedad no repartidos durante el ejercicio, correspondiente al año 2020; F) Con la suma de $164.993.840, mediante aporte en dominio del bien inmueble que corresponde al LOTE 4, de una superficie de 4.854 metros cuadrados, que era parte del inmueble ubicado en calle Antonio Varas esquina Aníbal Pinto de Cauquenes, que según plano de subdivisión archivado en Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes correspondiente al año 2016, bajo el N° 202, deslinda: NORTE, en 103,00 metros con calle Antonio Varas; ORIENTE, en 44,00 metros con Lote Tres del plano de subdivisión; SUR, en 106,2 metros con Loteo Genaro Prieto; y PONIENTE, en oblicua de 46,00 metros con Loteo Genaro Prieto. Esta propiedad tiene asignada Rol de Avalúo N° 105-16, comuna de Cauquenes. Lo adquirió por compra a SOCIEDAD TRANSPORTES HORMAZÁBAL COMPAÑIA LIMITADA, según consta en la escritura pública de fecha 21 de enero del año 2021, Repertorio N° 91 -2021, otorgada en la 2° Notaría de la ciudad de Cauquenes, ante su Notario Suplente doña Ivonne Pilar Elgueta Cancino del Titular don José Antonio Martínez Demandes, la que se encuentra inscrita a fojas 381 N° 375 del Registro de Propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Cauquenes; y que los socios de común acuerdo le asignaron un avalúo comercial de $164.993.840. En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo y modificaciones. Demás estipulaciones en contrato extractado. Santiago, 07 junio 2021.