MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES SLAM LIMITADA

RUT 78168480-5 CVE 1965079
Capital
$147.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de junio de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de junio de 2021
Notario
Francisco Javier Leiva Carvajal
Oficio
2ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$147.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico: por escritura fecha 08-06-2021, ante mí: don Kamal Guillermo Garib Aguad, chileno, casado y separado totalmente de bienes, industrial, C.I.N° 2.850.525-6; doña Mirtha Ester Deik Zaror, chilena, casada, dueña de casa, C.I.N° 5.322.879-8; doña Carolina Andrea Garib Deik, chilena, soltera, ingeniera comercial, C.I.N° 8.477.567-3; doña Lorena Beatriz Garib Deik, chilena, soltera, ingeniera comercial, C.I.N° 8.477.580-0; y doña Bernardita Gabriela Garib Deik, chilena, divorciada, cientista política, C.I.N° 13.680.042-4; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Vía Roja N° 4450, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron sociedad INVERSIONES SLAM LIMITADA, Rut. 78.168.480-5, inscrita primitivamente a Fojas 33.741, N°17.205 del año 1991 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la que por modificación de domicilio social se encuentra actualmente inscrita a Fojas 106 N° 91 del año 2018 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Casablanca. Modificación consiste: Aumento de capital. Por el presente instrumento, Kamal Guillermo Garib Aguad, Mirtha Ester Deik Zaror, Carolina Andrea Garib Deik, Lorena Beatriz Garib Deik y Bernardita Gabriela Garib Deik, en su calidad de actuales, únicos y exclusivos socios de la Sociedad, acuerdan aumentar el capital social en la suma de $147.000.000, esto es, de la cantidad de $20.000.000 a la cantidad de $167.000.000. El referido aumento de capital es aportado por los socios de la siguiente manera: Uno) Carolina Andrea Garib Deik aporta y entera en este acto, en dinero efectivo, la cantidad de $49.000.000; Dos) Lorena Beatriz Garib Deik aporta y entera en este acto, en dinero efectivo, la cantidad de $49.000.000; y Tres) Bernardita Gabriela Garib Deik aporta y entera en este acto, en dinero efectivo, la cantidad de $49.000.000. Modificación de Estatutos. Como consecuencia del aumento de capital contenido en esta escritura, Kamal Guillermo Garib Aguad, Mirtha Ester Deik Zaror, Carolina Andrea Garib Deik, Lorena Beatriz Garib Deik y Bernardita Gabriela Garib Deik, en su calidad de únicos, actuales y exclusivos socios de la Sociedad, acuerdan reemplazar el artículo 5° de los estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la Sociedad es la suma de $167.000.000, que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: a) Kamal Guillermo Garib Aguad, la suma de $1.000.000, equivalente al 0,60% del total del interés social, suma que se encuentra íntegramente enterada y pagada en arcas sociales en dinero efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad; b) Mirtha Ester Deik Zaror, la suma de $7.000.000, equivalente al 4,19% del total del interés social, suma que se encuentra íntegramente enterada y pagada en arcas sociales en dinero efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad; c) Carolina Andrea Garib Deik, la suma de $53.000.000, equivalente al 31,74% del total del interés social, suma que se encuentra íntegramente enterada y pagada en arcas sociales en dinero efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad; d) Lorena Beatriz Garib Deik, la suma de $53.000.000, equivalente al 31,74% del total del interés social, suma que se encuentra íntegramente enterada y pagada en arcas sociales en dinero efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad; y e) Bernardita Gabriela Garib Deik, la suma de $53.000.000, equivalente al 31,74% del total del interés social, suma que se encuentra íntegramente enterada y pagada en arcas sociales en dinero efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad.” Vigencia de otras estipulaciones sociales. En todo lo no modificado por este instrumento, subsiste íntegramente el pacto social, en especial, en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 16-06-2021.