EMPRESAS MAGGI S.A.
Instrumento
- Fecha
- 17 de mayo de 2021
- Notario
- Juan Cristian Berrios Castro
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $1.828.600.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: hoy ante mí, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 17 de mayo de 2021, de “EMPRESAS MAGGI S.A.”, RUT N° 96.862.620-5, inscrita en el Registro de Comercio Conservador Bienes Raíces Concón, a Fojas 45 vuelta, Número 32, del Año 2005, en el sentido de: A) AUMENTO DE CAPITAL DE PLENO DERECHO: Dar cuenta que en razón del artículo 10° Ley N° 18.046, y por aprobación del balance, el capital ha aumentado de pleno derecho desde $863.600.000.- a $1.828.600.000.- dividido en 172.720 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. B) APROBAR LA CREACIÓN DE SERIES DE ACCIONES: Luego de lo anterior, se acordó que el capital actual ascendente a $1.828.600.000.-, se divida en las mismas 172.720 acciones; de las cuales 172.400 acciones corresponderán a la “Serie A” o “Preferidas” y 320 acciones corresponderán a la “Serie B” u “Ordinarias”. C) AUMENTO DE CAPITAL: Luego, se acordó aumentar el capital social desde la cantidad de $1.828.600.000, dividido en 172.720 acciones, las que corresponden a 172.400 acciones de la “Serie A” o “Preferidas”, y 320 acciones de la “Serie B” u “Ordinarias”; todas nominativas y sin valor nominal, a la cantidad de $2.266.380.000.- dividido en 539.500 acciones, las que corresponderán a 179.500 acciones de la “Serie A” o “Preferidas”, y a 360.000 acciones de la “Serie B” u “Ordinarias”; es decir, en la cantidad de $437.780.000, en razón de la emisión de un total de 366.780 acciones, las cuales corresponden a 7.100 acciones de pago de la “Serie A” o “Preferidas” por un valor total de $78.100.000, y a 359.680 acciones de pago de la “Serie B” u “Ordinarias” por un valor total de $359.680.000; todas las que deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de 3 años, contados desde la fecha de la presente junta, en dinero en efectivo o en especies. Las acciones de pago emitidas quedaron íntegramente suscritas y serán o fueron pagadas, según corresponda, de la forma señalada en escritura extractada. D) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS EN RAZÓN DE AUMENTO DE CAPITAL: En razón de aumento de capital, accionistas de forma unánime decidieron modificar el artículo quinto y el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, reemplazándolos íntegramente por los siguientes: -.“Artículo Quinto: El capital social es la suma de $2.266.380.000.- dividido en 539.500 acciones, las que corresponderán a 179.500 acciones de la “Serie A” o “Preferidas”, y a 360.000 acciones de la “Serie B” u “Ordinarias”; todas nominativas y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones de la “Serie A” o “Preferidas”, gozarán durante un plazo de 10 años contados a partir del 17 de mayo de 2021, o hasta el fallecimiento de don Ernesto Maggi Pizarro, lo que suceda primero, de los siguientes derechos: a) Derecho a percibir un dividendo preferente de hasta el noventa y cinco por ciento de las utilidades de EMPRESAS MAGGI S.A., el cual se pagará con preferencia a las acciones de “Serie B” u “Ordinarias”. Dicho dividendo será distribuido según la proporción en la participación de los accionistas de la Serie A en el total de las acciones de dicha serie. Los accionistas de las acciones “Serie A” o “Preferidas” deberán ejercer dicho derecho, total o parcialmente, en junta ordinaria de accionistas de la Sociedad, para cuyos efectos sólo los accionistas titulares de dicha serie tendrán derecho a voto en la mencionada materia. En el caso de no ejercerse este derecho o ejerce parcialmente, se entenderá que los accionistas de las acciones “Serie A” o “Preferidas” han renunciado a su derecho, distribuyéndose las utilidades que originalmente les correspondía por dicha preferencia, entre todos los accionistas de la Sociedad, tanto de la Serie A como de la Serie B a prorrata de su participación en ella; y, b) Derecho a elegir a la totalidad de los directores de EMPRESAS MAGGI S.A. Una vez cumplida la condición o el plazo antes señalado, en el cual las acciones “Serie A” o “Preferidas” tendrán las preferencias ya indicadas, las acciones “Serie A” o “Preferidas” se transformarán de pleno derecho a acciones “Serie B” u “Ordinarias”, eliminándose además la distinción entre series de acciones, aplicando las normas supletorias de la ley de sociedades anónimas”.- -.“ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad, que asciende a la suma de $2.266.380.000.- dividido en 539.500 acciones, las que corresponderán a 179.500 acciones de la “Serie A” o “Preferidas”, y a 360.000 acciones de la “Serie B” u “Ordinarias”; todas nominativas y sin valor nominal, todas íntegramente suscritas, las cuales serán o ya fueron pagadas de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.828.600.000.- dividido en 172.720 acciones, las que corresponden a 172.400 acciones de la “Serie A” o “Preferidas”, y 320 acciones de la “Serie B” u “Ordinarias”; íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al 17 de mayo de 2021. b) Con la suma de $78.100.000.- representativas de 7.100 acciones de pago de la “Serie A” o “Preferidas”, derivadas del aumento de capital acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 17 de mayo de 2021, íntegramente suscritas, quedando pagadas la cantidad de $78.088.588 en esa misma fecha y la suma de $11.412 pagaderas en un plazo de 3 años contados desde esa fecha. c) Con la suma de $359.680.000, representativas de 359.680 acciones de pago de la “Serie B” u “Ordinarias”, derivadas del aumento de capital acordado en Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 17 de mayo de 2021, las que fueron suscritas en el mismo acto y serán pagadas en un plazo de tres años contados desde dicha fecha".- E) OTRAS MODIFICACIONES NO EXTRACTABLES: Finalmente accionistas acordaron modificar la sociedad en otras materias no extractables. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de junio de 2021.-