CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MORRO GUAYACAN LIMITADA

CVE 1964079
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
11 de junio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de junio de 2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
5 años a contar de la fecha de la presente escritura. Sin embargo, la Sociedad se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de no prorrogarla o de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo

Objeto social

a) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; c) La prestación de asesorías en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; y d) En general, las demás actividades, negocios, actos o contratos, permitidos por la legislación chilena, sean o no complementarios con los anteriormente indicados, que los socios pudieran acordar en el futuro

Administración

La administración y representación de la Sociedad, y el uso de la razón social, corresponderá separada e individualmente a don Juan Carlos Andrighetti Arraztoa, con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública fecha 11/06/2021, REP. N°12.054/2021, otorgada ante mí, Antonia Munita Irarrázaval y Juan Carlos Andrighetti Arraztoa, ambos domiciliados en Camino El Alba N° 9500, Torre B, oficina 418, Las Condes, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “INVERSIONES MORRO GUAYACAN LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, bancarios, publicitarios, ante el fisco y, en general, en cualquier gestión ante terceros, la abreviación o denominación de "INVERSIONES MORRO GUAYACAN LTDA.". Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Objeto: a) La inversión, con fines rentísticos, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, tales como efectos de comercio, acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en fondos mutuos, y en toda clase de títulos de crédito o valores mobiliarios, ya sea en Chile o en el extranjero, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos o rentas; b) La participación en toda clase de sociedades, chilenas o extranjeras, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, anónimas o de responsabilidad limitada y cualquiera sea su objeto, para desarrollar los negocios a que se dedican estas sociedades o en las que ellas participan, y en todo tipo de comunidades o asociaciones; c) La prestación de asesorías en materias inmobiliarias, administrativas, de gestión, financieras, de inversiones, o de cualquier otra clase; y d) En general, las demás actividades, negocios, actos o contratos, permitidos por la legislación chilena, sean o no complementarios con los anteriormente indicados, que los socios pudieran acordar en el futuro. Duración: 5 años a contar de la fecha de la presente escritura. Sin embargo, la Sociedad se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de no prorrogarla o de ponerle término a la expiración del plazo original o de alguna cualquiera de sus prórrogas, mediante declaración efectuada por escritura pública, que se anotará al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos 6 meses al final del período respectivo. Capital: $1.000.000 que los socios aportan en la siguiente forma y proporción: Uno) Juan Carlos Andrighetti Arraztoa aporta la suma de $840.000, equivalentes a un 84% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social; y Dos) Antonia Munita Irarrázaval aporta la suma de $160.000, equivalentes a un 16% de los derechos y capital social, que entera en este acto al contado y en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración y representación de la Sociedad, y el uso de la razón social, corresponderá separada e individualmente a don Juan Carlos Andrighetti Arraztoa, con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de Junio de 2021.