SOMOS PERU BUFFET LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2020
- Notario
- ELIAS JARUFE ROJAS
- Oficio
- 47. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELIAS JARUFE ROJAS, Abogado, Notario Público Titular 47. Notaría Santiago, Avda. Pedro de Valdivia 3317, certifico que por escritura de hoy, ante mí, señores ROONY KIRK EGUSQUIZA GARCIA, domiciliado en esta ciudad, Av. Francisco Bilbao número mil cuarenta y dos, Providencia; SONIA VERONICA VALERIO VEGA, domiciliada en esta ciudad, Av. Francisco Bilbao número mil cuarenta y dos, comuna Providencia; y ELIDOR CUBAS CAMPOS, domiciliado en esta ciudad, calle San Francisco número trescientos treinta y cinco, comuna Santiago Centro, modifican sociedad SOMOS PERU BUFFET LIMITADA, Rut.77.125.517-5, constituida por escritura pública de 31 de enero de 2020, otorgada ante mí, inscrita fs. 10.083 No. 5.271 en Registro Comercio Santiago, año 2020, publicada en Diario Oficial el 06 de febrero de 2020, en siguientes términos: SONIA VERONICA VALERIO VEGA, cede y transfiere todos sus derechos en el haber social que ascienden al 50% del capital, en la siguiente forma: a ROONY KIRK EGUSQUIZA GARCIA, el 17%, y a ELIDOR CUBAS CAMPOS, el 33%. Precio total de cesión es $10.000.000, que los cesionarios pagan a la cedente en proporción a sus cuotas, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia, se retira de la sociedad la cedente SONIA VERONICA VALERIO VEGA, e ingresa ELIDOR CUBAS CAMPOS, quedando en adelante la sociedad formada exclusivamente por los socios ROONY KIRK EGUSQUIZA GARCIA con el 67% de los derechos sociales, y ELIDOR CUBAS CAMPOS, con el 33% de los derechos sociales. A contar de esta fecha, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio ROONY KIRK EGUSQUIZA GARCIA, quien tendrá el ejercicio de esta administración con las mismas facultades señaladas en la cláusula Cuarta del pacto social constitutivo. Socios limitan responsabilidad al monto de sus aportes. En lo no modificado, siguen vigentes cláusulas del pacto social primitivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 28 abril 2021.