CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOLEIO SpA

RUT 14629281-K CVE 1962946
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de mayo de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de mayo de 2021
Repertorio
10429-2021
Notario
Juan Cristian Berrios Castro
Oficio
Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

el objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia o ajena de las siguientes operaciones: importación, exportación, fabricación, producción, elaboración, confección, transformación, compra, venta, comercialización, arrendamiento, representación y distribución al por mayor y menor de toda clase de productos textiles, prendas de vestir, telas, vestuarios, calzados y accesorios; y cualquier otro negocio relacionado con giro social que los accionistas determinen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Cristian Berrios Castro, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°941, local 302, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2021, repertorio N°10429-2021, ante mí, doña JIAN LIN, cédula nacional de identidad 14.629.281-K, constituyo una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: SOLEIO SpA. Objeto: el objeto de la sociedad será la realización, por cuenta propia o ajena de las siguientes operaciones: importación, exportación, fabricación, producción, elaboración, confección, transformación, compra, venta, comercialización, arrendamiento, representación y distribución al por mayor y menor de toda clase de productos textiles, prendas de vestir, telas, vestuarios, calzados y accesorios; y cualquier otro negocio relacionado con giro social que los accionistas determinen. Capital: El capital de la Sociedad será la cantidad de $3.000.000, dividido y representado en treinta acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas que representen dichos títulos, a menos que se solicite expresamente por el accionista, en cuyo caso, la forma, emisión, entrega, reemplazo, canje, transferencia e inutilización de tales títulos de acciones se sujetarán a las disposiciones legales y reglamentarias que les sean aplicables. El capital social deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de un año contado desde la fecha de la constitución de la Sociedad. Duración: la sociedad tendrá duración indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 16 de junio de 2021.