Instrumento
- Fecha
- 4 de junio de 2021
- Notario
- GONZALO SERGIO MENDOZA GUÍÑEZ
- Domicilio
- Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO SERGIO MENDOZA GUÍÑEZ, abogado, Notario Público Reemplazante de doña Antonieta Mendoza Escalas, Titular de la Décimo Sexta Notaría y Conservador de Minas de Santiago, con oficio en calle San Sebastián número dos mil setecientos cincuenta, comuna de Las Condes, certifico: por escritura pública de fecha 4 de junio de 2021, ante mí, la sociedad INMOBILIARIA DON ARTURO LIMITADA, y la sociedad ASESORIAS E INVERSIONES THOMPSON LIMITADA, constituyeron una sociedad por acciones denominada “PADRE RICO SpA”. El objeto de la sociedad es desarrollar las siguientes actividades: La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; intermediación inmobiliaria; la creación, uso, y explotación de sitios de internet para el cumplimiento de los fines que los accionistas determinen, dentro de lo que permite la moral y las buenas costumbres; evaluar, gestionar, comprar y determinar oportunidades de inversión inmobiliaria; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones nominativas, sin valor nominal y de una única serie, íntegramente suscrito y pagado al contado en el acto de constitución. Santiago, 10 de junio de 2021.