MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

JULIO ARAYA GALLEGUILLOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 78588930-4 CVE 1963134
Fecha instrumento
10 de noviembre de 1994
Notaría
Arica

Instrumento

Fecha
10 de noviembre de 1994
Notario
ALVARO AUGUSTO GUZMAN RIVEROS
Oficio
Titular de la Tercera Notaría de Arica
Comuna
Arica

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO AUGUSTO GUZMAN RIVEROS, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Tercera Notaría de Arica, don CARLOS URBINA RESZCZYNSKI, con oficio calle Sotomayor N° 301, CERTIFICA: don JULIO EDUARDO ARAYA GALLEGUILLOS, de nacionalidad chilena, comerciante, estado civil casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad y rol único tributario número cinco millones trescientos ochenta mil setecientos trece guión cinco, domiciliado en Pasaje Los Algarrobos número dos mil seiscientos veintidós, de la Población Cabo Aroca, de la Ciudad de Arica, doña ANAVIL DEL CARMEN CORTÉS GUERRERO, de nacionalidad chilena, técnico paramédico, estado civil casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad y rol único tributario número seis millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil seiscientos doce guión cuatro, domiciliada en Pasaje Los Algarrobos número dos mil seiscientos veintidós, de la Población Cabo Aroca, de la Ciudad de Arica, y don JAVIER EDUARDO ARAYA CORTES, de nacionalidad chilena, contador, estado civil casado y separado totalmente de bienes, cédula nacional de identidad y rol único tributario número diez millones setecientos cuarenta y cinco mil doscientos noventa y cuatro guión k, domiciliado en Pasaje Los Algarrobos número dos mil seiscientos veintidós, de la Población Santa Rosa, de la Ciudad de Arica, modificaron “JULIO ARAYA GALLEGUILLOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida con fecha 10 de noviembre de 1994, ante el Notario Público de Viña del Mar, don GILBERTO HARRIS DAZAROLA, cuyo extracto fue inscrito a FOJAS 768 NÚMERO 374 del Registro de Comercio del Conservador de Arica, AÑO 1994, y publicado en el Diario Oficial con fecha 18 de noviembre de 1994.- Modificaciones: Por este acto don JULIO EDUARDO ARAYA GALLEGUILLOS y doña ANAVIL DEL CARMEN CORTÉS GUERRERO declaran que ingresa como socio a la sociedad don JAVIER EDUARDO ARAYA CORTES, que a su vez declara que acepta formar parte de la sociedad, en reemplazo o subrogación de don JULIO EDUARDO ARAYA GALLEGUILLOS. Los socios convienen en modificar la referida sociedad, vendiendo, cediendo y transfiriendo don JULIO EDUARDO ARAYA GALLEGUILLOS el cien por ciento de sus acciones por la suma de $5.000.000, en favor de don JAVIER EDUARDO ARAYA CORTES, quien las acepta para sí y paga en este la suma de $5.000.000, en efectivo a plena conformidad y sin ulterior reclamo. Los socios, en virtud de la escritura Pública de CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, suscrita con fecha 10 de noviembre de 1994 ante el Notario Público de Viña del Mar, don GILBERTO HARRIS DAZAROLA, convienen en modificar la administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía, que corresponderá al socio, don JAVIER EDUARDO ARAYA CORTES, quien actuando por la sociedad, y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. Los socios conviene que las utilidades se repartirán en proporción a su participación en el capital social, 95% para don JAVIER EDUARDO ARAYA CORTES; y 05% para doña ANAVIL DEL CARMEN CORTÉS GUERRERO, y las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la misma proporción de 95% para don JAVIER EDUARDO ARAYA CORTES y 05% para doña ANAVIL DEL CARMEN CORTÉS GUERRERO. Los socios convienen en modificar el nombre de la Sociedad de Responsabilidad Limitada “JULIO ARAYA GALLEGUILLOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, por el de “SOCIEDAD ARAYA CORTÉS Y COMPAÑÍA LIMITADA”; sin embargo, en sus relaciones con terceros, también podrá operar, con el nombre de fantasía “ARAYA Y CIA LIMITADA” y “REGIONXV Y COMPAÑIA LIMITADA”. En lo no modificado quedan vigentes disposiciones contrato social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Arica, 03 de junio 2021.-