CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Cocoche Global SpA

RUT 24915630-2 CVE 1962961
Capital
$1.320.000 CLP
Fecha instrumento
9 de junio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de junio de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.320.000 CLP
Domicilio
Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tiene por

Administración

La administración y representación de la Sociedad corresponderá a: /a) don RAPHAEL MARIE NICOLAS PHILIPPE DE LASA, Rut de inversionista extranjero número 48.217.203-2; /b) don LUCIANO MARTIN BERNAL TOMADONI, Rut de inversionista extranjero número 48.217.202-4; y c) don EZEQUIEL IVÁN JURITZ, cédula de identidad para extranjero número 24.915.630-2, quienes podrán actuar indistinta y separadamente sobre todos aquellos actos, contratos, negocios, actividades comerciales o cualesquiera otro acto jurídico, que sean iguales o inferiores a 10.000 USD (Dólares Americanos). Respecto de todos los actos, contratos, negocios, actividades comerciales o cualesquiera otro acto jurídico, que sea igual o superior a 10.000 USD (Dólares Americanos), todos los Administradores deberán actuar de manera conjunta. Los Administradores obligarán a la sociedad anteponiendo su firma -sea actuando de forma indistinta o conjunta según sea el caso- a respectiva a la razón social y podrán ejercerla personalmente o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello por instrumento privado, instrumento protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Todos los delegados que hubieren sido designados por los Administradores deberán también sujetarse a las limitaciones de montos relevantes (10.000 USD (Dólares Americanos)) descritos en este párrafo. Los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certificó: que por escritura pública otorgada ante mí con fecha 9 de junio del año 2021, don EZEQUIEL IVÁN JURITZ, argentino, casado y separado de bienes, biotecnólogo, cédula de identidad para extranjero número 24.915.630-2, con domicilio en calle Eliodoro Yáñez 2.979, oficina 508, comuna de Providencia, Región Metropolitana, compareció por sí y en representación de: /a/ don RAPHAEL MARIE NICOLAS PHILIPPE DE LASA, francés, casado, empresario, Rut de inversionista extranjero número 48.217.203-2, con domicilio en calle Avenida entre Rios 970, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, /b/ don LUCIANO MARTIN BERNAL TOMADONI, argentino, soltero, ingeniero de sistemas, Rut de inversionista extranjero número 48.217.202-4, con domicilio en calle La Fuente 723, ciudad autónoma de Buenos Aires, Argentina, constituyeron una sociedad por acciones de la que se extracta: Nombre de la Sociedad: “Cocoche Global SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales “COCOCHE GLOBAL”; “Cocoche Global” o “Cocoche”. Nombre de los accionistas concurrentes a la constitución: don EZEQUIEL IVÁN JURITZ, cédula de identidad para extranjero número 24.915.630-2 compareció por sí y en representación de: /a/ don RAPHAEL MARIE NICOLAS PHILIPPE DE LASA, Rut de inversionista extranjero número 48.217.203-2 y /b/ don LUCIANO MARTIN BERNAL TOMADONI, Rut de inversionista extranjero número 48.217.202-4. Objeto social: La sociedad tiene por objeto: /a/ La inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, nacionales o extranjeros, valores mobiliarios, compra, venta y arrendamiento de esos bienes y derechos y la representación en otras sociedades, /b/ prestar todo tipo de asesorías financieras, contables, legales, de salud, administración, tributarias y otras afines y c) servicios de intermediación de arriendo, uso o goce, de vehículos motorizados, sean estos mediante plataformas digitales o cualquier otro software similar. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá organizar, constituir, incorporarse a, formar parte de, modificar y disolver sociedades de cualquier tipo cuyo giro sea complementario o afín al de la sociedad y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para los fines indicados, al desarrollo de su objeto o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad y, en general, cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.320.000, moneda de curso legal, dividido en 3.300 acciones, nominativas sin valor nominal, distribuido en 300 acciones de serie “A” y en 3.000 acciones de serie “B”. Las acciones de la serie “A” gozarán de las siguientes preferencias, en la proporción que estas acciones representen sobre el total de acciones de todas las series emitidas por la sociedad: a) Tendrán todos los derechos económicos y políticos que son de la naturaleza de una acción, incluyendo aquellos referidos al derecho a voto y voz en las Juntas de Accionistas de Cocoche Global SpA. Las acciones de serie “B” gozarán de las siguientes preferencias, en la proporción que las acciones de cada una de estas series representen sobre el total de acciones de todas las series emitidas por la sociedad: a) Tendrán solamente los derechos económicos que son de la naturaleza de una acción, gozando de un pago prioritario de los dividendos sociales con las primeras utilidades líquidas, y no tendrán derechos políticos como lo son, entre otros, el derecho a votar respecto de las materias de juntas de accionistas, la participación en la designación de los miembros de los órganos de administración, participación en la designación de los órganos de control de la administración, derecho a definir la distribución de utilidades, derecho a definir modificaciones de estatutos y cualesquiera otros derechos políticos que señalen estos estatutos, sus modificaciones y las leyes pertinentes. Estas preferencias tendrán un plazo de vigencia de cinco años, renovables indefinidamente por acuerdo de las juntas de accionistas correspondientes. Los socios han suscrito y pagado íntegramente en dinero efectivo, cada clase de acciones, de la siguiente forma: Las acciones de la serie “A”: (a) Don RAPHAEL MARIE NICOLAS PHILIPPE DE LASA, suscribe en este acto 120 acciones, por un valor total de $48.000 pesos, que paga al contado; (b) Don LUCIANO MARTIN BERNAL TOMADONI, suscribe en este acto 120 acciones, por un valor total de $48.000 pesos, que paga al contado; (c) Don EZEQUIEL IVÁN JURITZ, suscribe en este acto 60 acciones, por un valor total de 24.000 pesos, que paga al contado. Las acciones de la serie “B”: (a) Don RAPHAEL MARIE NICOLAS PHILIPPE DE LASA, suscribe en este acto 1.200 acciones, por un valor total de $480.000 pesos, que paga al contado; (b) Don LUCIANO MARTIN BERNAL TOMADONI, suscribe en este acto 1.200 acciones, por un valor total de $480.000 pesos, que paga al contado; (c) Don EZEQUIEL IVÁN JURITZ, suscribe en este acto 600 acciones, por un valor total de $240.000 mil pesos, que paga al contado. El capital de la sociedad se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Administración: La administración y representación de la Sociedad corresponderá a: /a/ don RAPHAEL MARIE NICOLAS PHILIPPE DE LASA, Rut de inversionista extranjero número 48.217.203-2; /b/ don LUCIANO MARTIN BERNAL TOMADONI, Rut de inversionista extranjero número 48.217.202-4; y c) don EZEQUIEL IVÁN JURITZ, cédula de identidad para extranjero número 24.915.630-2, quienes podrán actuar indistinta y separadamente sobre todos aquellos actos, contratos, negocios, actividades comerciales o cualesquiera otro acto jurídico, que sean iguales o inferiores a 10.000 USD (Dólares Americanos). Respecto de todos los actos, contratos, negocios, actividades comerciales o cualesquiera otro acto jurídico, que sea igual o superior a 10.000 USD (Dólares Americanos), todos los Administradores deberán actuar de manera conjunta. Los Administradores obligarán a la sociedad anteponiendo su firma -sea actuando de forma indistinta o conjunta según sea el caso- a respectiva a la razón social y podrán ejercerla personalmente o a través de uno o más delegados, especialmente designados para ello por instrumento privado, instrumento protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen. Todos los delegados que hubieren sido designados por los Administradores deberán también sujetarse a las limitaciones de montos relevantes (10.000 USD (Dólares Americanos)) descritos en este párrafo. Los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Santiago, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó a portador de extracto para legalización. Santiago, 11 de junio del año 2021.