MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PlagasChile Limitada

RUT 78764810-K CVE 1962660
Fecha instrumento
23 de diciembre de 2020

Instrumento

Fecha
23 de diciembre de 2020
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, chileno, casado, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1450, Local 15 A 2, certifico: Que por escritura pública hoy, ante mí: Cristián José Montes Solar, domiciliado en San Francisco de Asís número mil setecientos diecisiete, comuna de Las Condes; Alicia Lorena Lagos Landauro, domiciliada en San Francisco de Asís número mil setecientos diecisiete, comuna de Las Condes y Rodrigo Osvaldo Del Carmen Montes Solar, cédula nacional de identidad número siete millones cincuenta y ocho mil setecientos setenta y nueve guión tres, domiciliado en Robles doce mil seiscientos sesenta y siete Departamento cuatrocientos cuatro A, comuna de Lo Barnechea; modificaron la sociedad Plagaschile Limitada, inscrita a fojas veintiún mil novecientos tres, número diecisiete mil seiscientos noventa del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año mil novecientos noventa y cinco, en los siguientes términos: uno) Rodrigo Osvaldo Del Carmen Montes Solar vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos de la siguiente forma: a) un uno por ciento de la totalidad de sus derechos sociales a Lorena Alicia Lagos Landauro en 50.000 pesos que la cesionaria paga en el acto y a entera satisfacción del cedente. b) El 99 por ciento restante de la totalidad de sus derechos sociales a Cristián José Montes Solar en 4.500.000 pesos que la cesionaria paga en el acto y a entera satisfacción del cedente. Quedan como únicos socios de Plagaschile Limitada, con un 99 por ciento de los derechos sociales, Cristián José Montes Solar y Lorena Alicia Lagos Landauro con un 1 por ciento de los derechos sociales. 2) Se modifica la cláusula cuarta relativa a la administración de la sociedad, la que corresponderá exclusivamente a Cristián José Montes Solar con las facultades y atribuciones señaladas en escritura extractada. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de diciembre de 2020.