CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ELABORADORA Y COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS PATAGON SpA

CVE 1962498
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de mayo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
25 de mayo de 2021
Repertorio
25882
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La comercialización, distribución, producción, procesamiento y fabricación, por cuenta propia o ajena, a nivel mayorista o minorista, de toda clase de alimentos, especialmente productos derivados del procesamiento de peces, mariscos, crustáceos y moluscos. Sean estos en calidad de frescos, congelados, procesados, como comidas preparadas o congeladas y todas las preparaciones derivadas de los mismos y otros. Asimismo, podrá realizar la explotación de toda clase de establecimientos comerciales, fabriles e industriales con tal propósito. La prestación de toda clase de servicios comerciales o administrativos y la explotación de establecimientos de comercio con el mismo propósito, ya sea en Chile o en el exterior. b) El abastecimiento, suministro y distribución comercial al por mayor o menor de toda clase de alimentos, mercancías y servicios al comercio minorista o al público, tanto en Chile como en el extranjero. La venta de alimentos a organismos públicos concentrados y desconcentrados, JUNJI, Municipalidades y Organismos Internacionales, pudiendo presentarse a todo tipo de propuestas, licitaciones y Convenios Marco de la plataforma ChileCompra; c) La representación de toda clase de empresas nacionales o extranjeras que operan en la comercialización y distribución de productos alimenticios y la prestación de toda clase de asesorías y de servicios comerciales, promocionales, publicitarios y)o administrativos relativos a alimentos. d) La celebración de contratos de franquicias, y la operación de los mismos contratos como cualesquiera de sus partes, tanto dentro como fuera de la República de Chile; e) El abastecimiento, suministro y distribución comercial al por mayor o menor de toda clase de alimentos y servicios al comercio minorista o al público, tanto en Chile como en el extranjero; f) La explotación del comercio exterior en cualquiera de sus formas, ya sea importando o exportando, la operación en zonas o depósitos francos, como asimismo, actuar como agente o representante de compañías del exterior en Chile o viceversa; y, g) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora, pudiendo asimismo contratar con cualquiera de sus

Administración

Se estableció que la sociedad será administrada por los socios, en forma unipersonal y separada, quienes, indistintamente anteponiendo la razón social a cualquiera de sus nombres y firma, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades para ciertos actos jurídicos, y en otros deberán actuar ambos socios en forma conjunta, quienes actuando conjuntamente representarán a la Sociedad. En la misma escritura se delegaron facultades, modo señalado en escritura que se extracta

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, chileno, casado, Abogado, con cédula nacional de identidad y rol único tributario número quince millones setecientos treinta y seis mil trescientos noventa y cuatro guión ocho, Notario Suplente del Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, don PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL, con Oficio en calle Bandera número trescientos cuarenta y uno, Oficina trescientos cincuenta y dos, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 25 de mayo de 2021, bajo el repertorio 25.882, ante mí HÉCTOR RAÚL OLEA MATTE, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número ocho millones cuatrocientos cincuenta y seis mil setecientos ochenta y tres guión tres, con domicilio en Luis Pasteur número 7.419 depto. 2 B de la Comuna de Vitacura, Región Metropolitana y don JUAN CARLOS CARREÑO PALMA, chileno, casado, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad número catorce millones cuatrocientos treinta y ocho mil, cuatrocientos setenta guión nueve, con domicilio en Camino El Sauce 770, Sector Lo de Lobos, Comuna de Rengo, Región de O´Higgins, de paso en Santiago, constituyeron sociedad por acciones, con siguientes especificaciones: Nombre:“ELABORADORA Y COMERCIALIZADORA DE ALIMENTOS PATAGON SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Duración: Indefinida. Objeto: a) La comercialización, distribución, producción, procesamiento y fabricación, por cuenta propia o ajena, a nivel mayorista o minorista, de toda clase de alimentos, especialmente productos derivados del procesamiento de peces, mariscos, crustáceos y moluscos. Sean estos en calidad de frescos, congelados, procesados, como comidas preparadas o congeladas y todas las preparaciones derivadas de los mismos y otros. Asimismo, podrá realizar la explotación de toda clase de establecimientos comerciales, fabriles e industriales con tal propósito. La prestación de toda clase de servicios comerciales o administrativos y la explotación de establecimientos de comercio con el mismo propósito, ya sea en Chile o en el exterior. b) El abastecimiento, suministro y distribución comercial al por mayor o menor de toda clase de alimentos, mercancías y servicios al comercio minorista o al público, tanto en Chile como en el extranjero. La venta de alimentos a organismos públicos concentrados y desconcentrados, JUNJI, Municipalidades y Organismos Internacionales, pudiendo presentarse a todo tipo de propuestas, licitaciones y Convenios Marco de la plataforma ChileCompra; c) La representación de toda clase de empresas nacionales o extranjeras que operan en la comercialización y distribución de productos alimenticios y la prestación de toda clase de asesorías y de servicios comerciales, promocionales, publicitarios y/o administrativos relativos a alimentos. d) La celebración de contratos de franquicias, y la operación de los mismos contratos como cualesquiera de sus partes, tanto dentro como fuera de la República de Chile; e) El abastecimiento, suministro y distribución comercial al por mayor o menor de toda clase de alimentos y servicios al comercio minorista o al público, tanto en Chile como en el extranjero; f) La explotación del comercio exterior en cualquiera de sus formas, ya sea importando o exportando, la operación en zonas o depósitos francos, como asimismo, actuar como agente o representante de compañías del exterior en Chile o viceversa; y, g) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, que los socios acuerden. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otra u otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora, pudiendo asimismo contratar con cualquiera de sus socios. Capital: $20.000.000, dividido en mil acciones, nominativas, todas de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma que se señala en el artículo primero transitorio de los Estatutos Sociales de la Sociedad. En el referido artículo primero transitorio se estableció que el capital se suscribió íntegramente en el acto de la constitución en partes iguales por los accionistas fundadores y pagará al valor inicial de veinte mil pesos cada acción. Héctor Raúl Olea Matte suscribió quinientas acciones, el pago de la totalidad de las acciones se hará dentro del plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la constitución social. Don Juan Carlos Carreño Palma suscribió las restantes quinientas acciones, el pago de la totalidad de las acciones se hará dentro del plazo máximo de tres años contados desde la fecha de la Constitución social. Administración: Se estableció que la sociedad será administrada por los socios, en forma unipersonal y separada, quienes, indistintamente anteponiendo la razón social a cualquiera de sus nombres y firma, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades para ciertos actos jurídicos, y en otros deberán actuar ambos socios en forma conjunta, quienes actuando conjuntamente representarán a la Sociedad. En la misma escritura se delegaron facultades, modo señalado en escritura que se extracta. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 09 de Junio de 2021, Notario Suplente.