RENTA DE MAQUINARIAS ARREMAK LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de junio de 2021
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, Santiago, Certifica: Por escritura pública de fecha 10 de junio de 2021, Rep. Nº11212/2021, ante mí, Tomás Raimundo Swinburn Larraín, en representación de INVERSIONES TOPAGRO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT 77.266.283-1 y en representación de INVERSIONES SANTA JOSEFINA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT 76.415.940-3, todos con domicilio en Camino a Malloco 2023, oficinas administrativas, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, de paso por ésta; y don Pablo Ricardo Ffrench-Davis del Puerto, domiciliado en Alcalde Sergio Vargas nº 40, ciudad y comuna de Los Andes, Región de Valparaíso, de paso por ésta, acordaron la modificación de “RENTA DE MAQUINARIAS ARREMAK LIMITADA”, RUT 76.896.599-4, sociedad constituida por escritura pública de fecha 26 de junio de 2018, suscrita ante don Jorge Rodrigo Schwenke Zúñiga, Notario Público Interino de la 8ª Notaría de Santiago, extracto inscrito a fojas 48212 nº 24987 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018, publicado en versión electrónica del Diario Oficial de fecha 29 de junio de 2018. Modificaciones consisten: 1) A la fecha de suscripción de la escritura extractada, son únicos socios de la sociedad, Inversiones Topagro Limitada y don Pablo Ricardo Ffrench-Davis del Puerto, ambos con el 50% de los derechos sociales. 2) Socio don Pablo Ricardo Ffrench-Davis del Puerto proceda a vender, ceder y transferir la totalidad de sus derechos a Inversiones Santa Josefina Limitada, quién a través de su representante, acepta para ella la cesión y transferencia indicada en la suma de $500.000 al contado, dándose por pagado el precio, retirándose aquel de la sociedad; 3) Producto de la transferencia de derechos, quedan como actuales y únicos socios de Renta de Maquinarias Arremak Limitada, Inversiones Topagro Limitada e Inversiones Santa Josefina Limitada, ambas con el 50% de los derechos sociales, encontrándose su capital completamente enterado y pagado en arcas sociales; 4) Actuales socios acuerdan modificar los estatutos contenidos en la escritura de constitución en los siguientes sentidos: a) Sustituir la cláusula Cuarta, referida al capital, que continúa fijado en $1.000.000, aportado y pagado en su totalidad por los socios con anterioridad a esta fecha, en una proporción de un 50% por Inversiones Topagro Limitada y un 50% por Inversiones Santa Josefina Limitada; b) Modifican la administración de la sociedad, sustituyendo la Cláusula Quinta de los estatutos sociales, quedando esta radicada única y exclusivamente a la socia Inversiones Topagro Limitada, quien la ejercerá a través de la actuación de un delegado, designándose en dicha función a don Tomás Raimundo Swinburn Larraín, con amplios poderes señalados en escritura; y 5) Sustituir las Cláusulas Décima y Undécima, en asuntos que no son materia de extracto.- En lo no modificado, continúa vigente lo señalado en la escritura de constitución. Demás estipulaciones en escritura pública extractada.- Santiago, 10 de junio de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.