CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PAGSEGURO CHILE SpA

RUT 59302270-6 CVE 1961373
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
8 de junio de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de junio de 2021
Repertorio
8137/2021
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTÍ
Oficio
Reemplazante de la 48° Notaría de Santiago don Roberto Antonio Cifuentes Allel
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Desarrollar todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la creación, implementación y mantención de plataformas tecnológicas de pago y especialmente en lo que respecta al comercio electrónico o Internet. Estas actividades podrán ser realizadas directa o indirectamente. La sociedad podrá actuar, directa o indirectamente, como facilitador y)o agente dentro de sistemas de pago y ecosistemas de pagos digitales y electrónicos; b) Cobrar dinero por cuenta de terceros, teniendo derecho a representarlos ante entidades o personas locales o extranjeras, y percibir las cantidades adeudadas a dichos terceros, incluidas aquellas adeudadas como consecuencia del uso de tarjetas de pago, en la medida en que no impliquen una operación de conformidad con las leyes y regulaciones pertinentes; c) Celebrar contratos y desarrollar actividades derivadas de la creación e implementación de infraestructura tecnológica moderna y eficiente para la gestión de sistemas de pago y transferencia electrónica de fondos; d) Asesorar y desarrollar aplicaciones de Internet, WAP, multimedia o cualquier otra red informática, y e) Realizar todas las actividades que los prestadores de servicios de procesamiento de pago tienen derecho a realizar de conformidad con las regulaciones vigentes, incluyendo, pero no limitado a: i) la autorización y registro de transacciones realizadas por titulares de tarjetas o usuarios de tarjetas de pago; ii) el proceso de afiliación de comercios a los sistemas de tarjetas de pago correspondientes, en la medida en que no comprenda la prestación de servicios regulados como parte de la operación de tarjetas de pago; iii) el suministro de terminales de punto de venta o canales o aplicaciones electrónicas o informáticas, que permitan la autorización, registro y comunicación de las operaciones de pago, para que sean posteriormente procesadas por un operador regulado de tarjetas de pago, para efectos de su liquidación y)o pago, y iv) otras actividades relacionadas con la operación de tarjetas de pago, siempre que no impliquen la liquidación y)o pago de los montos adeudados a los comercios afiliados por el uso de tarjetas de pago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
PAGSEGURO HOLDING Ltd socio 59302270-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Reemplazante de la 48° Notaría de Santiago don Roberto Antonio Cifuentes Allel, con oficio en Avenida Apoquindo N°3076, oficina 601, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 8 de junio de 2021, bajo repertorio N°8.137/2021, ante mí, PAGSEGURO HOLDING Ltd., Rol Único Tributario N°59.302.270-6, domiciliada para estos efectos en Miraflores N°222, piso 28, comuna y ciudad de Santiago, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: PAGSEGURO CHILE SpA /la “Sociedad”/. Duración: La duración de la Sociedad es indefinida. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto, ya sea actuando directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) Desarrollar todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la creación, implementación y mantención de plataformas tecnológicas de pago y especialmente en lo que respecta al comercio electrónico o Internet. Estas actividades podrán ser realizadas directa o indirectamente. La sociedad podrá actuar, directa o indirectamente, como facilitador y/o agente dentro de sistemas de pago y ecosistemas de pagos digitales y electrónicos; b) Cobrar dinero por cuenta de terceros, teniendo derecho a representarlos ante entidades o personas locales o extranjeras, y percibir las cantidades adeudadas a dichos terceros, incluidas aquellas adeudadas como consecuencia del uso de tarjetas de pago, en la medida en que no impliquen una operación de conformidad con las leyes y regulaciones pertinentes; c) Celebrar contratos y desarrollar actividades derivadas de la creación e implementación de infraestructura tecnológica moderna y eficiente para la gestión de sistemas de pago y transferencia electrónica de fondos; d) Asesorar y desarrollar aplicaciones de Internet, WAP, multimedia o cualquier otra red informática, y e) Realizar todas las actividades que los prestadores de servicios de procesamiento de pago tienen derecho a realizar de conformidad con las regulaciones vigentes, incluyendo, pero no limitado a: i) la autorización y registro de transacciones realizadas por titulares de tarjetas o usuarios de tarjetas de pago; ii) el proceso de afiliación de comercios a los sistemas de tarjetas de pago correspondientes, en la medida en que no comprenda la prestación de servicios regulados como parte de la operación de tarjetas de pago; iii) el suministro de terminales de punto de venta o canales o aplicaciones electrónicas o informáticas, que permitan la autorización, registro y comunicación de las operaciones de pago, para que sean posteriormente procesadas por un operador regulado de tarjetas de pago, para efectos de su liquidación y/o pago, y iv) otras actividades relacionadas con la operación de tarjetas de pago, siempre que no impliquen la liquidación y/o pago de los montos adeudados a los comercios afiliados por el uso de tarjetas de pago. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $1.000.000 dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, de una misma y única serie. El capital, íntegramente suscrito por PAGSEGURO HOLDING Ltd., se pagará dentro del plazo de cinco años a medida que las necesidades sociales lo requieran. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de junio de 2021. Gustavo Montero Martí, Notario Público Reemplazante, 48° Notaría de Santiago.