MARIPAZ BOUTIQUE SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de junio de 2021
- Repertorio
- 21228
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública suscrita con fecha 09/06/2021 ante mí: don DEIVYS GABRIEL PORRAS GARCIA, con domicilio en Sagitario Nº 5250, Lo Prado: reduce a escritura pública: ACTA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS “MARIPAZ BOUTIQUE SpA”, celebrada el 03/05/2021, con la asistencia de la totalidad de las acciones emitidas. ANTECEDENTES: a) Con fecha 17 de julio del año 2019, se constituyó la sociedad “MARYPAZ BOUTIQUE SpA”, mediante escritura pública, suscrita ante don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36º Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana; bajo el repertorio Nº 21.228 del año 2019; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 56.366, Nº 27.816, correspondiente al año 2019. El capital social es de $4.000.000, dividido en 4.000 acciones nominativas, sin valor nominal y todas de una misma serie; completamente suscritas y pagadas. MODIFICACIÓN: a) Se modifica el ARTÍCULO PRIMERO del pacto de constitución, en el sentido que se agrega como nombre de fantasía la expresión “BEAUTIQUE SHOP SpA”; b) Se modifica ARTÍCULO CUARTO del pacto de constitución el objeto social será: a) La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, importación, exportación, acopio, arrendamiento, subarrendamiento, comodato, leasing, diseño, producción, fabricación, elaboración, desarrollo, mantención, reparación, instalación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, muebles o inmuebles, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; b) El transporte de cualquier tipo de cargas, dentro y fuera del radio urbano, en Chile o el extranjero, ya sea vía terrestre, marítima o aérea, por cuenta propia o ajena; transporte nacional e internacional de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios, tomados en arrendamiento, en leasing, o encomendados a terceros; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transporte y embalaje en prestaciones a terceros; todo lo relacionado de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro con el flete, mudanza, grúa, logística, almacenaje, bodegaje, distribución, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias o aduaneras, en su caso, y lo que sea en el futuro; la compra, venta, arrendamiento, importación y exportación de vehículos para el transporte, ya sean nuevos o usados, con o sin chofer, además de sus repuestos, partes, piezas, accesorios y relacionados; c) La importación, exportación, comercialización, compra, venta y distribución de todo tipo de materiales, insumos, materias primas, maquinarias, equipos, accesorios o cualquier otro elemento que sea necesario o conveniente para el desarrollo de las actividades señaladas precedentemente; y d) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores; Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; y Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general; c) La modificación del ARTÍCULO DUODÉCIMO de la escritura de CONSTITUCIÓN SOCIAL, en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social, será ejercida conjuntamente por don DEIVYS GABRIEL PORRAS GARCIA y doña MARIA PASTORA GONZALEZ MEDINA, con amplias facultades de administración y disposición enunciadas en el mismo precepto de la escritura de constitución social, las que se dan por expresamente reproducidas para todos los efectos legales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10, Junio, 2021.